STSJ Comunidad Valenciana 960/2006, 21 de Marzo de 2006
Ponente | ISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS |
ECLI | ES:TSJCV:2006:1661 |
Número de Recurso | 2967/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 960/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rec. contra Sent. nº 2967/2005
Recurso contra Sentencia núm. 2967/2005
Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas
Presidente
Ilmo. Sr. D. Javier Lluch Corell
Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch
En Valencia, a veintiuno de marzo de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 960/2006
En el Recurso de Suplicación núm. 2967/2005, interpuesto contra la sentencia de fecha 18/5/05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante, en los autos núm. 50/05, seguidos sobre CANTIDAD, a instancia de Dª Angelina asistida del Letrado D. Javier Sánchez Bardera, contra GENERALITAT VALENCIANA, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.
La sentencia recurrida de fecha 18/5/05, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por Angelina contra GENERALITAT VALENCIANA, debo condenar y condeno al organismo demandado a abonar a la actora la cantidad de 379,52 euros.".
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actora Angelina, mayor de edad, con DNI nº NUM000, viene prestando sus servicios por cuenta y orden de la Generalitat Valenciana, con la categoría profesional de limpiadora, grupo profesional E, con un salario de 956,63 euros mensuales, y antigüedad desde el 9-3-1998 en virtud de contrato temporal. SEGUNDO: La actora reclama en el presente procedimiento la cantidad de 379,52 euros en concepto de trienios durante le periodo comprendido entre el 1-3-02 y el 30-6-04. TERCERO:- Por Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, dictada con fecha 17 de mayo de 2.004, en Recurso de Casación nº 122/2003, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano contra la Generalitat Valenciana, sobre Conflicto Colectivo, se estimó el recurso interpuesto contra la Sentencia de fecha 7-4-03 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, y se declaró el derecho del personal laboral temporal al servicio de la Generalitat Valenciana a ser retribuido por el concepto de antigüedad en las mismas condiciones que el personal laboral fijo, en función de los trienios que cumpla en cada momento a lo largo de una relación laboral ininterrumpida y se condena a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración, habiéndose interpuesto la demanda de conflicto colectivo con fecha 10-2-03. CUARTO.- Con fecha 20-10-04, la actora interpuso la correspondiente reclamación previa, que fue desestimada por silencio administrativo.".
Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada habiendo sido impugnado por la representación letrada de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.
1. Recurre la Generalidad Valenciana la sentencia de instancia que reconoció a la demandante el...
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