STSJ Canarias , 27 de Febrero de 2003

PonentePEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES
ECLIES:TSJICAN:2003:602
Número de Recurso597/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso: 597/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso Administrativo Santa Cruz de Tenerife S E N T E N C I A N_ 174 Recurso nº 597/2000 Iltmos. Sres:

Presidente D. Ángel Acevedo Campos Magistrados D. Helmuth Moya Meyer D. Pedro Hernández Cordobés

En Santa Cruz de Tenerife, a veintisiete de febrero de dos mil tres.

Visto, en nombre del Rey, por la Sala de lo contencioso-administrativo de esta capital, el presente recurso tramitado por el procedimiento ordinario, interpuesto a nombre del demandante la entidad SATYANI DE INVERSIONES, SL y TENERSUN, SL, representadas por la procuradora Sra. Morales García y defendidas por el letrado Sr. Polo Recio; como administración demandada el Tribunal Económico Administrativo Regional, Sala de Santa Cruz de Tenerife, defendido y representado por el Sr abogado del Estado; versando sobre reclamación económico administrativa 510/99, COMPETENCIA TERRITORIAL DE LA SALA, siendo ponente el Iltmo. Sr. don Pedro Hernández Cordobés.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora interpuso recurso contencioso- administrativo formalizando demanda en la que solicitaba que se dictara sentencia declarando contrario a derecho el fallo dictado por el Tribunal Económico Administrativo Regional, Sala de Santa Cruz de Tenerife, declarando su competencia por razón de la cuantía y territorial, con relación a los actos impugnados.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se desestime el recurso por ajustarse al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicaron las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones, que las partes evacuaron, quedando finalmente se_alado el día y hora para votación y Fallo, lo que tuvo lugar, con anticipación al plazo inicialmente previsto y con el resultado que seguidamente se expresa.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Las mercantiles actoras promovieron ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, Sala de Santa Cruz de Tenerife, reclamación económico administrativa frente a dos acuerdos de 25 de marzo de 1995, dictados en Las Palmas de Gran Canaria por el Jefe de la...

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