STSJ Andalucía , 12 de Septiembre de 2002
Ponente | EUGENIO FRIAS MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2002:12202 |
Número de Recurso | 258/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA (SEDE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCION TERCERA Recurso numero 258/1999 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Rafael Osuna Ostos Ilmos. Sres. Magistrados Don Victoriano Valpuesta Bermúdez Don Eugenio Frias Martinez En la ciudad de Sevilla, a doce de septiembre de dos mil dos. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 258/1999, interpuesto por D. Ismael , representado por el Procurador Sr. Ladrón de Guevara Izquierdo y defendido por Letrado, contra resolución de TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCIA representado y defendido por el Abogado del Estado.
La cuantía del recurso se fija en 1.202,02 euros (200.000 pesetas).
Es Ponente el Ilmo. Sr Eugenio Frias Martinez.
Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 21 de noviembre de 2000 en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.
La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.
Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 4 de septiembre del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.
Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía de 12 de enero de 1999 por la que se inadmite a trámite la solicitud de suspensión.
El en el seno de la reclamación nº 41/1751/98 deducida contra las providencias de apremio de las liquidaciones nº A1404298400000056, A1404298400000023 y A1404298400000012, giradas por la Administración de la AEAT., por unos importes de 147.058 pesetas, 860.183 pesetas y 495.540 pesetas, presentó solicitud de suspensión de la ejecutividad sin garantías adjuntando...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba