STSJ Andalucía , 21 de Febrero de 2000

PonenteJOSE MARIA CAPILLA RUIZ-COELLO
ECLIES:TSJAND:2000:2788
Número de Recurso1510/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Social

R.M. SENTENCIA NÚM. 592/2000 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Veintiuno de Febrero de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1510/99, interpuesto por Juan Alberto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Almeria en fecha 9 de Abril de 1999 ha sido ponente el Iltmo.

Sr. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por el INEM en reclamación sobre Desempleo contra D. Juan Alberto y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 9 de Abril de 1999 , por la que se estimando íntegramente la demanda formulada por el actor.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. Por sentencia del Juzgado de lo Social Núm uno de esta Ciudad de fecha 22-4-97 se reconoció al demandado D. Juan Alberto el derecho a percibir las prestaciones contributivas por desempleo por un periodo de 24 meses.

  2. - Recurrida dicha resolución por el Instituto nacional de Empleo (INEM) la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó sentencia de fecha 2-12-98 en la que estimando el recurso de suplicación interpuesto por el INEM revocaba la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Almería y absolvía a dicho organismo de la acción contra él ejercitada.

  3. - Durante la tramitación del recurso de suplicación el demandado estuvo percibiendo las prestaciones contributivas por desempleo y una vez finalizadas estas presentó ante el INEM el día 13-10-98 solicitud de subsidio especial de desempleo para mayores de 45 años.

  4. - La Dirección Provincial del INEM dictó resolución de fecha 6 11-98 en la que reconoció a D. Juan Alberto el derecho a percibir el subsidio por desempleo interesado por un periodo de 6 meses y este ha percibido de la entidad actora la cantidad de 127.916 ptas.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Juan Alberto , recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado por el contrario.

Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

Postula quien recurre, por el cauce procesal de la letra b) del art 191 de la L.P.L ., se modifique el ordinal tercero de los hechos probados y, sobre la base del contenido del folio 11 de los autos, se redacte del siguiente modo: "Durante la tramitación del Recurso de Suplicación el demandado en tamite de ejecución de sentencia estuvo percibiendo las prestaciones, contributivas por desempleo y una vez finalizadas estas, siguiendo en el mismo tramite de ejecución, tubo derecho a solicitar ante el INEM el día 13 de Octubre de 1998, subsidio especial, también de desempleo, para mayores de 45 años".

El relato histórico ha de quedar inalterado por cuanto, la redacción del Magistrado no predetermina el Fallo y tener como antecedente que " durante la sustanciación del recurso de Suplicación el demandado estuvo percibiendo prestaciones...

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