STSJ Castilla y León , 13 de Enero de 2003

PonenteANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
ECLIES:TSJCL:2003:85
Número de Recurso659/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 659/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO-SECCIÓN 2ª

SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 28 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA ANA MARTÍNEZ OLALLA DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a trece de enero de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

El Decreto de 9 de enero de 1998 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Benavente por el que se desestima la petición efectuada por el recurrente en el escrito de 22 de diciembre de 1997.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: DON Luis Francisco representado por el Procurador Sr. Pérez Fernández y defendido por el Letrado Sr. Vaquero Blanco.

Como demandada: EL AYUNTAMIENTO DE BENAVENTE, representado por el Procurador Sr. Velasco Nieto y defendido por el Letrado Sr. Barca Sebastián.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ANA MARTÍNEZ OLALLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se estime el recurso y se anule la resolución impugnada y todos los actos posteriores dictados en trámite de ejecución de aquel y en virtud del procedimiento de apremio así como todas y cada una de las actas de medición del nivel del ruido obrantes en el expediente, en cuanto adolecen del requisito preceptivo de la previa valoración del nivel de fondo en el exterior o interior del establecimiento, con imposición de las costas a la parte contraria.

Por OTROSI, se interesa el recibimiento a prueba del recurso

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que declare inadmisible el recurso contra "todas y cada una de las actas de medición del nivel de ruido obrantes en el expediente" y se desestime el recurso en cuanto a la impugnación del Decreto de la Alcaldía de 9 de enero de 1998 y, en el caso de que se considere admisible el recurso respecto a las actas de medición del ruido, que se desestime y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el...

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