STSJ Comunidad de Madrid 670/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
ECLIES:TSJM:2007:7503
Número de Recurso389/2003
Número de Resolución670/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 389/03

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00670/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO nº 389/03

SENTENCIA Nº 670

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

D.ª Mª Jesús Vegas Torres

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

D. José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo núm 389/03 interpuesto por el Procurador don José Antonio Pérez Casado, en nombre y representación de DON Cornelio contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en sesión de 15 de octubre de 2002, por presunta denegación del recurso de reposición interpuesto en fecha 9-12-02 y contra los acuerdos en vía de hecho de la Comisión de Gobierno Municipal adoptados en sesión de 12 de noviembre de 2002.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito de fecha 23-9-2003, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos terminaba suplicando se dictara sentencia por la que:

Declare ser contrario a derecho y nulo el Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno del Municipio de Alcalá de Henares adoptado en sesión celebrada el día 15 de octubre de 2002 por la que se aprobó la referida Iniciativa Urbanística.

Declare ser contrario a derecho y nulos los Acuerdos de la Excma. Comisión de Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Henares adoptados en sesión celebrada el d´ia 12 de noviembre de 2002 por los que se aprobó el Proyecto de Plan Parcial, el Proyecto de Urbanización y el Proyecto de Bases y Estatutos de la Junta de Compensación que acompañaban a esa Iniciativa Urbanística.

Declare no conforme a derecho las adaptaciones del PAU-107 a la Ley 9/2001 de la Comunidad de Madrid y ordene al Excmo. Ayuntamiento del Municipio de Alcalá de Henares a que retrotraiga sus actuaciones al momento en que debió abrir el periodo de prueba solicitado por Don Cornelio mediante su escrito de alegaciones, a la aprobación inicial del PAU-107, de fecha 4-10-01.

Condene en costas a la Administración demandada y a la referida Comisión Gestora, al amparo de lo previsto en el artículo 139 LJCA.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el oportuno escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dictase sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 26-4-07, fecha en que tuvo lugar.

Es PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Javier Sancho Cuesta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ha opuesto la inadmisibilidad de los acuerdos adoptados con fecha 12 de noviembre de 2002 por tratarse de actos de mero trámite, cuestión que por su carácter procesal ha de ser resuelta en primer lugar.

En la Comisión de Gobierno de fecha 12 de noviembre de 2002, se acordó la aprobación inicial del Plan Parcial del Sector 107 con las consideraciones puestas de manifiesto en los informes transcritos; la aprobación inicial del Proyecto de Estatutos y Bases de la Junta de Compensación del Sector 107 y la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Sector 107.

Como precedente se ha de tener en cuenta que en virtud del acuerdo de 15-10-02 se estimó la iniciativa formulada para la aplicación del sistema de compensación del Sector 107, siguiendo el art. 106 y siguientes de la Ley 9/2001.

El art. 106 de la Ley 9/2001 regula los requisitos para...

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