STSJ Cataluña , 11 de Octubre de 2000

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2000:12595
Número de Recurso1487/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Autos nº 1487/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO Nº: 1487/96 PARTES: URBANIZADORA CREU ARAGALL S.A. C/ ORGANISME AUTONOM LOCAL DE GESTIO TRIBUTARIA DE LA DIPUTACIO DE BARCELONA Y JUNTA DE COMPENSACION DE LA URBANIZACION CREU D'ARAGALL DE CORBERA DE LLOBREGAT SENTENCIA Nº 836 Ilustrísimos Señores MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

Dña. MARIA DEL PILAR MARTÍN COSCOLLA.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

BARCELONA, a once de octubre del dos mil. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 1487/96, seguido a instancia de la entidad URBANIZADORA CREU ARAGALL S.A., representado/a por el/la Abogado Don/Doña DAVID MILA ECHE, contra el ORGANISME AUTONOM LOCAL DE GESTIO TRIBUTARIA DE LA DIPUTACIO DE BARCELONA, representado por el/la Abogado Don/Doña AMALIA BALLESTEROS ALBA y contra la JUNTA DE COMPENSACION DE LA URBANIZACION CREU D'ARAGALL DE CORBERA DE LLOBREGAT, representada por el Abogado Don AGUSTI FIGUERAS SABATE, en su cualidad de parte codemandada, sobre Urbanismo-Cuotas Urbanísticas.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 23 de enero de 1996 el Organisme Autònom Local de Gestió Tributària de la Diputació de Barcelona en el expediente de apremio T/95-206210, embargó determinados bienes inmuebles respecto a cuotas urbanísticas identificadas como Creu Aragall por importe de 12.396.961 pts, en concepto de principal, recargo de apremio, intereses y costas.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada y codemandada, éstas contestaron la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron de aplicación, solicitaron la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  5. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 11 de octubre de 2000, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de la entidad URBANIZADORA CREU ARAGALL S.A. contra el acto de 23 de enero de 1996 del ORGANISME AUTONOM LOCAL DE GESTIO TRIBUTARIA DE LA DIPUTACIO DE BARCELONA, recaído en el expediente de apremio T/95-206210, de embargo de determinados bienes inmuebles respecto a cuotas urbanísticas identificadas como Creu Aragall por importe de 12.396.961 pts, en concepto de...

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