STSJ Galicia , 23 de Enero de 2001
Ponente | MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA |
ECLI | ES:TSJGAL:2001:434 |
Número de Recurso | 9215/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO: 03/0009215/1996 RECURRENTE: Cesar , Maribel , Sonia , Ana María , Juan Manuel , Roberto , Elvira , Francisco , Margarita , Alberto , Marí Trini , Blanca , Carlos Ramón , Mariano , Franco , Nieves , Arturo , Luis Manuel , Rafael , Antonieta , Gonzalo , Irene , Marí Juana y Cristina ADMON. DEMANDADA: CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA PONENTE: D/ña. MARGARITA PAZOS PITA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 52/2001 Ilmos. Sres.:
D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ Dª. MARGARITA PAZOS PITA En la Ciudad de A Coruña, veintitrés de enero de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03/0009215/1996 pende de resolución ante esta Sala,Interpuesto por Cesar , con D.N.I./C.I.F. NUM000 domiciliado en C/ CAMINO000 s/n (Lalín (Pontevedra)), Maribel , con D.N.I./C.I.F. NUM001 domiciliado en C/ DIRECCION000 nº NUM002 (Lalín (Pontevedra)), Sonia , con D.N.I./C.I.F. NUM003 domiciliado en Avda de DIRECCION001 , nº NUM004 (Lalín (Pontevedra)), Ana María , con D.N.I./C.I.F. NUM005 domiciliado en RUA000 nº NUM006 -Domramiro (Lalín (Pontevedra)), Juan Manuel , con D.N.I./C.I.F. NUM007 domiciliado en RUA000 nº NUM006 -Domramiro (Lalín (Pontevedra)), Roberto , con D.N.I./C.I.F. NUM008 domiciliado en C/ DIRECCION002 nº
NUM009 (Lalín (Pontevedra)), Elvira , con D.N.I./C.I.F. NUM010 domiciliado en C/ DIRECCION003 nº
NUM011 (Lalín (Pontevedra)), Francisco , con D.N.I./C.I.F. NUM012 domiciliado en C/ DIRECCION004 nº
NUM004 (Lalín (Pontevedra)), Margarita , con D.N.I./C.I.F. NUM013 domiciliado en DIRECCION005 nº
NUM014 (Lalin (Pontevedra)), Alberto , con D.N.I./C.I.F. NUM015 domiciliado en C/ DIRECCION006 nº
NUM016 - 3º A (Lalín (Pontevedra)), Marí Trini , con D.N.I./C.I.F. NUM017 domiciliado en C/ "
DIRECCION007 " nº NUM018 (Lalín (Pontevedra)), Blanca , con D.N.I./C.I.F. NUM019 domiciliado en C/
DIRECCION008 nº NUM020 (Lalín (Pontevedra)), Carlos Ramón , con D.N.I./C.I.F. NUM021 domiciliado en C/ DIRECCION009 nº NUM022 (Lalin (Pontevedra)), Mariano , con D.N.I./C.I.F. NUM023 domiciliario en
Avda. de DIRECCION001 nº NUM024 (Lalín (Pontevedra)), Franco , con D.N.I./C.I.F. NUM025 domiciliado en C/ DIRECCION009 nº NUM026 (Lalín (Pontevedra)), Nieves , con D.N.I./C.I.F. NUM027 domiciliado en C/ DIRECCION010 nº NUM028 (Lalín (Pontevedra)), Arturo , con D.N.I./C.I.F. NUM029 domiciliado en DIRECCION011 (Lalín (Pontevedra)), Luis Manuel , con D.N.I./C.I.F. NUM030 domiciliado en C/
DIRECCION012 nº NUM031 (Lalín (A Coruña)), Rafael , con D.N.I./C.I.F. NUM032 domiciliado en C/
DIRECCION005 nº NUM033 (Lalín (Pontevedra)), Antonieta , con D.N.I./C.I.F. NUM034 domiciliado en (Lalín (Pontevedra)), Gonzalo , con D.N.I./C.I.F. NUM035 domiciliado en (Lalín (Pontevedra)), Irene , con D.N.I./C.I.F. NUM036 domiciliado en Donramiro-Parroquia de Trascastro (Lalín (Pontevedra)), Marí Juana , con D.N.I./C.I.F. NUM037 domiciliado en (Lalín (Pontevedra)) y Cristina , con D.N.I./C.I.F. NUM038 domiciliado en C/ DIRECCION013 nº NUM039 (Villagarcia de Arosa), representados por D/ña. ANTONIO PARDO FABEIRO y dirigidos por el Letrado D/ña. JOSE LUIS FERNÁNDEZ PEDREIRA, contra Decreto 100/95 de 31/3/95 declara la utilidad pública y urgente ocupación de los bienes afectados por la obra OH. 436.272 acondicionamiento de regato Pontiñas, a su paso por t m de Lalin (1ª fase) y actos derivados de la Admón. Autonómica. Es parte la Administración demandada CONSELLO DA XUNTA DE GALICIA, representada y dirigida por el D/ña. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. MARGARITA PAZOS PITA.
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Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
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Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 21 de Marzo de 2000, fecha en que tuvo lugar. Por providencia de la misma fecha y con suspensión del término para dictar sentencia, se acordó para mejor proveer, expedir por el Ayuntamiento de Lalin los siguientes particulares: 1.- Acuerdos adoptados por los órganos de ese Ayuntamiento respecto al proyecto de abras y al expediente expropiatorio de autos. 2.- Escritos remitidos por la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda de la Xunta: de Galicia en relación con dicho proyecto. 3.- Proyecto originario completo de las obras, que fue objeto de información pública. 4.- Previsiones de los instrumentos de planeamiento del Ayuntamiento respecto de los terrenos expropiados, tanto al tiempo de aprobar el Proyecto como con posterioridad. 5.- Aprobación del replanteo de las obras.
6.- Concreto lugar y punto kilométrico en que finalizó la ejecución de la primera fase del Proyecto de Acondicionamiento del Arroyo Pontiñas, fecha de tal finalización y concreta situación, en tal fecha y momento, de los colectores y su conexión o desconexión con el emisario y depuradora contemplados en el proyecto. 7.- Fecha de inicio de ejecución de la segunda fase del Proyecto, concretas obras comprendidas en la misma y fecha de entronque de los colectores con el emisario y depuradora. Practicada la prueba se unió a los autos, poniéndose de manifiesto a las partes por tres días a fin de que alegasen lo que estimaren conveniente; presentando escrito de alegaciones el representante de la parte recurrente que se unió a los autos, alzándose la suspensión acordada y quedando los autos para dictar sentencia.
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En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.
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A través del presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución de la Dirección Xeral de Obras Hidráulicas de fecha 17-1-95, por lo que se aprobó el Proyecto de Acondicionamiento del Regato Pontiñas a su paso por Lalín (Primera fase, los actos derivados de la anterior Resolución y, en especial, el Decreto 100/95 de 31 de marzo de la Xunta de Galicia por el que se declara la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes afectados por las obras, y contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Subdirección Xeral de infraestructuras Hidráulicas de fecha 14-2-95, por la que se desestiman las alegaciones, formuladas por los interesados el día del levantamiento de las actas previas a la ocupación, sobre su disconformidad con la ejecución de las obras del expediente de referencia.
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Son hechos relevantes para el enjuiciamiento de la cuestión debatida los siguientes que resultan de lo actuado en el procedimiento:
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El Pleno del Ayuntamiento de Lalín, en sesión celebrada el día 5-3-91, acordó aprobarInicialmente el pliego de Bases para la Canalización del Río Pontiñas, Colectores Generales y Edar de Lalín, interesando de la COTOP la financiación del cien por cien del presupuesto, y obligándose el Ayuntamiento a poner a disposición de la Conselleria los terrenos necesarios para su ejecución.
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En el mes de Mayo de 1992 la COTOP acordó contratar una asistencia técnica para la redacción de un proyecto de obras para el acondicionamiento del Arroyo Pontiñas a su paso por Lalín; proyecto que fue redactado en octubre de 1992 eInformado por la Oficina de Proyectos el 12 de abril de 1993, y que, por Resolución de la Dirección Xeral de Obras Públicas de fecha 13 de abril del mismo año fue aprobado técnicamente, con autorización de información pública del proyecto a efectos de lo señalado en el Reglamento General de Contratación y Ley de Expropiación Forzosa.
En este Proyecto se hace constar que las obras a realizar tienen por objeto primordial sanear el Arroyo Pontiñas y afluente con colectores paralelos al río en ambas márgenes que conectan con el emisario instalado recientemente y que canaliza las aguas residuales a la depuradora, proyectándose además otras obras encaminadas al acondicionamiento y limpieza del entorno del río, así corno a la recuperación del espacio para uso público.
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La información pública del proyecto anterior fue acordada por Resolución de la Dirección Xeral de Obras Públicas de fecha 14-4-93, por un plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de su inserción en el DOG, lo que tuvo lugar el día 30-4-93. Durante dicho período de información pública se presentaron tires alegaciones de Dª. Maribel , D. Cesar y Dª. Olga , y D. Rafael .
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Por su parte, el Pleno del Ayuntamiento de Lalín, en sesión celebrada el día 24 de junio de 1993, aprobó, aceptando el dictamen de la Comisión informativa de Urbanismo, Obras e Ordenación Rural, el proyecto "Acondicionamiento do Arroio Río Pontiñas o seu paso por Lalín", solicitándose asimismo su financiación al 100 % por parte de la COTOP.
Asimismo, con carácter previó, y, en concreto, mediante escrito de fecha 19-2-93, el Subdirector General de obras Hidráulicas requirió la remisión por parte del Ayuntamiento, de Acuerdo Plenario de aprobación del proyecto, entre otros extremos.
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Autorizado el fraccionamiento del proyecto en dos fases, mediante Resolución de la Dirección Xeral de Obras Públicas de fecha 17-1-95 se desestimaron las alegaciones formuladas en el período de información pública, aprobándose definitivamente el Proyecto "Acondicionamiento del Arroyo Pontiñas a su paso por Lalín (1ª...
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