STSJ País Vasco , 1 de Julio de 2004

PonenteROBERTO SAIZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJPV:2004:978
Número de Recurso671/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Voces:

· Ordinario.Ley 98 · OTROS TRIBUTOS ACUERDO DE 12-12-02 DEL T.E.A.F. DE GUIPUZCOA ESTIMATORIO PARCIAL DE LA RECLAMACION 2001/0900 CONTRA LIQUIDACION PROVISIONAL PRACTICADA EN CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, EJERCICIO 1999 ONCEPTO IMPOSITIVOS SENT TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 671/03 Ordinario Ley 98 SENTENCIA NUMERO 544/2004 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA I. RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

DON JOSE A. ALBERDI LARIZGOITIA DON ROBERTO SAIZ FERNANDEZ En BILBAO, a uno de julio de dos mil cuatro.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 671/03 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el acuerdo del Tribunal Económico- Administrativo Foral de Guipúzcoa, de 12 de diciembre de 2002, por el que se desestimaba la reclamación promovida frente al acuerdo del Jefe del Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos, de 3 de octubre de 2001, desestimatorio del recurso de reposición, interpuesto contra la liquidación provisional practicada por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1999.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE: DON Victor Manuel , representado por el Procurador SR.BARTAU ROJAS y dirigido por la Letrada SRA. IRAZOLA BASCARAN.

- DEMANDADA: DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA, representada por la Procuradora SRA.URIZAR ARANCIBIA y dirigido por el Letrado SR.CHACÓN.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. DON ROBERTO SAIZ FERNANDEZ.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 28 de febrero de 2003 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Procurador SR.BARTAU ROJAS actuando en nombre y representación del recurrente, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Guipúzcoa, de 12 de diciembre de 2002, por el que se desestimaba la reclamación promovida frente al acuerdo del Jefe del Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos, de 3 de octubre de 2001, desestimatorio del recurso de reposición, interpuesto contra la liquidación provisional practicada por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1999; quedando registrado dicho recurso con el número 671/03.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando en todas sus partes este recurso, se acuerde:

  1. - la anulación de la resolución económico-administrativa del TEAF de 12 de diciembre de 2002, y la liquidación recurrida, por haber sido dictadas infringiendo el ordenamiento jurídico.

  2. - Subsidiariamente, en caso de no prosperar lo anterior, ordene la práctica de nueva liquidación, con el carácter de definitiva por haber sido comprobados el hecho imponible y su valoración, en la que se deduzca como gasto para determinar los rendimientos del capial inmobiliario la indemnización satisfecha por la resolución de un contrato de arrendamiento y las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, desestimando la demanda confirme la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Foral impugnada, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Por auto de 11 de julio de 2003 se fijó en 18.787`38.-euros (3.125.957.-ptas) la cuantía del presente recurso. Asímismo, se acordó el trámite de conclusiones en el que las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

QUINTO

Por resolución de fecha 18/06/04 se señaló el pasado día 22/06/04 para la votación y fallo del presente recurso.

SEXTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

II.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por el Procurador de los Tribunales, D. Alfonso José Bartau Rojas, en representación de D. Victor Manuel , contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Guipúzcoa, de 12 de diciembre de...

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