STSJ País Vasco , 8 de Febrero de 2000

PonenteMARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA
ECLIES:TSJPV:2000:687
Número de Recurso2866/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 2866/99 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a ocho de febrero del dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y DOÑA MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA, Magistrados, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY la siguiente, SENTENCIA En el Recurso de Suplicación interpuesto por la representación letrada de DON Ildefonso , contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Vizcaya, de fecha 13 de Abril de 1999, dictada en proceso sobre DESPIDO, y entablado por el recurrente, DON Ildefonso frente a la Empresa "METRO BILBAO, S.A.", es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados es la siguiente:

  1. -) "El actor, D. Ildefonso prestó servicios por cuenta de la empresa demandada Metro Bilbao SA con antiguedad de 1-12-98, categoría profesional de supervisor de via y salario bruto anual de 2.923.690 pesetas, en virtud de contrato de trabajo indefinido en cuya cláusula 2ª se establece un periodo de prueba de dos meses.

  2. -) Las funciones propias del puesto de trabajo de supervisor de vía son:

    - supervisar, controlar y colaborar con su equipo de trabajo (técnicos de vía) en las tareas de mantenimiento de instalaciones de infraestructura y superestructura de vía, prestando especial atención a las responsabilidades con la seguridad en la circulación.

    - realizar el seguimiento y supervisión de los trabajos subcontratados para controlar su perfecto funcionamiento e informar al jefe de vía.

    - establecer las medidas correctoras necesarias (desarrollando mejoras y/o reformas de diseño) para incrementar la optimización del mantenimiento de las instalaciones y la disminución de los costos asociados, colaborando en ello con la oficina técnica y obras.

    - responsabilizarse de la organización, disciplina y adecuado rendimiento del personal a su cargo.

    - realizar trabajos administrativos, estadísticas sencillas, control y verificación de partes de mano de obra e incidencias del personal a su cargo.

    - conducir vehículos de la empresa (dresinas, castilletes, trenes de trabajo, vehículos de carretera, etc.) realizando las oportunas revisiones y tareas de mantenimiento de los mismos.

    - controlar que se realice el cumplimiento de la normativa de seguridad e higiene y el plan de emergencia.

    - participar en los comités y/o equipos de trabajo multidisciplinares con la finalidad de resolver incidencias y proponer acciones de mejora.

    - promover el desarrollo profesional del equipo de técnicos de mantenimiento, colaborando con recursos humanos en el plan de formación.

  3. -) La misión fundamental de los técnicos de mantenimiento de vía es realizar el mantenimiento tanto preventivo como correctivo en el ámbito de su especialidad (superestructura e infraestructura de vía)

    para lograr el mejor servicio y optimización de los medios, respetando las normas de seguridad vigentes.

  4. -) Las aptitudes médico laborales exigibles para el desempeño del puesto de trabajo de supervisor de vía son, entre otras:

    - campo visual normal.

    - estado anatómico y funcional del aparato locomotor que permita la realización correcta de trabajos físicos moderados.

    - no padecer afecciones que cursen con ataques convulsivos, temblores, descoordinación de movimientos, trastornos de la marcha ni pérdidas bruscas de conocimiento.

  5. -) La contratación del actor estuvo precedida de un proceso selectivo realizado por la empresa Ferruelo y Velasco encaminado a la contratación de 30-40 ppersonas para el área de atención al cliente y 25-30 para el área técnica. Concretamente, se publicó un anuncio en prensa ofertando los diferentes puestos de trabajo con indicación del perfil exigido para cada uno de ellos, y entre las candidatos seleccionados se realizaron las siguientes pruebas:

    - aportación de curriculumn vitae - realización de pruebas psicotecnicas (inteligencia general factor G, razonamiento lógico abstracto.

    Razonamiento verbal, cuestionario personalidad, pruebas instrucciones complejas) y de una prueba de razonamiento especial para la candidatos a puestos de trabajo del área técnica.

    - mantenimiento de un entrevista personal.

    - encuesta de salud.

  6. -) Para la convocatoria de puestos de trabajo de personal área técnica se presentaron un total de 1.130 candidatos de los que fueron seleccionados para la primera fase de realización de pruebas psicotécnicas 155, entre ellos el actor, de los que sólo 45 fueron propuestos para ser contratados.

  7. -) En la encuesta de salud rellenada por el actor el 20-6-98 se señala:

    ¿padece algún defecto de la agudeza visual, (miopía, hipermetropía, astigmatismo, etc.)?. no. ¿tiene estrabismo, glaucoma o alguna otra alteración de los ojos o párpados?. no. ¿tiene algún defecto de la agudeza auditiva (sordera)? no. ¿tiene algún defecto físico, amputación o restriccion de movilidad en alguna parte de su cuerpo: si, no puede mover los dedos del pie izquierdo con facilidad.

    ¿toma o ha tomado alguna medicación para dormir, para los nervios o alergias?, no. ¿padece o ha padecido alguna enfermedad que curse con pérdida de conocimiento, convulsiones o temblores?. no. El firmante del documento hace constar que certifica la veracidad de los datos aportados.

  8. -) Con posterioridad a la preselección referenciada, por parte de los responsables de Metro Bilbao SA se realizó una segunda fase de selección consistente en:

    - entrevista personal.

    - reconocimiento médico efectuado por los servicios médicos de empresa: se recaban del candidato los antecedentes familiares y laborales realizando las siguientes pruebas complementarias: campimetría, ecocardiograma, tensión, analítica (realizada por Mutua Vizcaya Industrial) y audiometría. En caso de que el entrevistado refiera alguna patología específica se le realizan las oportunas pruebas funcionales para su constatación.

  9. -) En la campimetría realizada al actor, se objetivó un levísimo déficit en el ojo derecho, con resultados normales en el izquierdo. D. Ildefonso refirió haber sufrido un accidente de trabajo del que le había residuado dificultad para mover los dedos del pie izquierdo.

  10. -) Tras dicha 2ª fase, los candidatos seleccionados hubieron de superar un curso de formación a cargo de Metro Bilbao, con un total de 77'30 horas.

  11. -) El día 15-10-96, cuando el actor prestaba servicios como oficial 1ª maquinista por cuenta de Construcciones Balzola SA, que tiene cubiertas las contingencias derivadas de accidente de trabajo con Mutua Vizcaya Industrial, Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales nº 20, y había sido subcontratada por Metro Bilbao SA para la ejecución de las obras del Metro en el tramo Urduliz-Plencia, sufrió un accidente de trabajo como consecuencia del cual causó baja por IT, con diagnóstico traumatismo encefalocraneal, contusión cerebral, parálisis pie izquierdo de origen central, siendo dado de alta el 16-3-97.

    Las pruebas complementarias realizadas en dicho periodo (TAC craneal y lumbar, EMG lumbar)

    fueron informadas como normales, salvo la RMN en que se objetivó una lesión hipertensa inespecífica en hemisferio cerebral.

    Explorado por la Mutua el 31-10-96, el trabajador presentaba síndrome postraumático definido por cefaleas, mareos, inseguridad, diplopia, cervicobraquialgia derecha, claudicación de la marcha, amnesia reciente, moria sialorrea y gran astenia psicofísica.

    Practicadas nuevas pruebas complementarias, resultaron normales (EEG, EMN cervical, RMN craneal), si bien se objetivaron los siguientes hallazgos:

    - EMG lumbar, 21-1-97, leve radiculopatia L5 distal de escasa significación.

    15-5-97, franca mejoría de la radiculoptía L5 izquierda con signos de reinervación.

    - campimetría: cuadrantanopsia superior en ojo izquierdo y menor en ojo derecho (11-9-97 y 5-2-97).

    - RMN lumbar (9-10-97) protusión discal lateralizada hacia la derecha no compresiva a nivel L4-L5.

    Inf. ORL (14-10-97), hipoacusia de transmisión para sonidos graves, sensible mejoría de las audiometrías comparadas.

    A la fecha del alta médica de 16-3-97, el actor continuaba con el trastorno visual, inseguridad y tirantez en ambos músculos trapecios aconsejándose controles periódicos y reincorporándose a su trabajo.

    En abril, el productor refiere que se da muchos golpes por defecto del campo visual, mareos con componente vertiginoso al elevar la cabeza con caídas ocasionales al suelo y que se encuentra más inseguro. En los meses siguientes, sigue con la misma sintomatología solapada y en junio sufre una caída que atribuye a su inseguridad. En septiembre continúa con dicha sintomatología, ciatalgia derecha L5 con astenia muscular en extremidades inferiores, refiriendo además inseguridad inducida cuando le hablan alto por oído izquierdo o con fijación prolongada de la mirada, ansioso y revindicativo.

    El trabajador causó nueva baja por recidiva de la lesión anterior de 6-10-97, siendo dado de alta médica el 11-1-98 con las siguientes secuelas:

    - traumatismo cráneo cerebral cerrado, contusión cerebral, lesión hiperintensa en hemisferio cerebral derecho.

    - protusión discal intervertebral posteromedial lateralizada hacia el lado derecho a nivel L4-L5, radiculopatía L5 izquierda, lumbociática L5 derecha.

    - hipoacusia de transmisión para los sonidos graves.

    cuadrantanopsia temporal superior en ojo izquierdo e inferior en ojo derecho.

    - parálisis de la extensión del pie izquierdo.

    - Romberg inestable y marcha insegura.

  12. -) Iniciadas...

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