STSJ Asturias , 7 de Octubre de 2002

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2002:4496
Número de Recurso864/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación Único: 33000 3 0103256/2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 864/1998 Sobre INFRACCIONES Y SANCIONES De D/ña. Andrés Procurador/a Sr/a. MARIA JOSE RONZON FERNANDEZ Contra D/ña. JEFATURA PROVINCIAL TRAFICO ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA n° 712 Ilmos. Sres.:

Presidente:

DOÑA MARIA JOSE MARGARETO GARCIA Magistrados:

D. FRANCISCO SALTO VILLEN D. EDUARDO GOTA LOSADA En Oviedo, a siete de octubre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 864 de 1998, interpuesto por D. Andrés , representado por la Procuradora Doña María José Ronzón Fernández y dirigido por sí mismo, contra la

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre resolución de fecha 28 de enero de 1998, estimatoria en parte, del recurso ordinario formulado contra anterior decisión de la Jefatura Provincial de fecha 13 de agosto de 1996, en la que se impusieron las sanciones de 35.000 pesetas de multa y la suspensión de la autorización administrativa para conducir durante un mes, sanción esta última anulada por la resolución recurrida. Siendo Ponente el Iltmo.

Sr. Magistrado D. EDUARDO GOTA LOSADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA de la Provincia y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que se proceda a dejar sin efecto la sanción impuesta y en su consecuencia exonerar de toda culpa al recurrente, conforme al resultado de la prueba que en su día se practique y lo alegado por esta parte y que se probará en su día. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 19 de marzo de 2001 se recibió el proceso a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y...

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