STSJ Asturias , 2 de Abril de 2004

PonenteJOSE ANTONIO MORILLA GARCIA-CERNUDA
ECLIES:TSJAS:2004:1829
Número de Recurso1180/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 OVIEDO 55820 Número de Identificación Único: 33044 3 0100977 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001180 /1999 Sobre ADMINISTRACION AUTONOMICA De D/ña. Serafin Procurador/a Sr/a. EVA CORTADI PEREZ Contra D/ña. PRINCIPADO * Letrado de los Servicios Jurídicos SENTENCIA nº 271 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a dos de abril de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1180 de 1999, interpuesto por D. Serafin , representado por la Procuradora Dª Eva Cortadi Pérez y dirigido por el Letrado D. Manuel Herrero Zumalacárregui, contra la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, versando el recurso sobre resolución presunta por silencio administrativo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, que desestimando el recurso de súplica interpuesto, confirmó el Acuerdo de la Consejería de Agricultura de fecha 22 de diciembre de 1998 que en materia de caza, impuso al recurrente una sanción de 250.001 pesetas y retirada de licencia e imposibilidad de obtenerla por plazo de cinco años. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Antonio Morilla García Cernuda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, por la que estimando el recurso, se declare disconforme y no ajustado a derecho el acto administrativo impugnado, se anule y se declare que los hechos no son constitutivos de infracción legal alguna o, en su caso, con carácter alternativo se declare la caducidad del procedimiento sancionador ordenando el archivo de las actuaciones, con expresa condena para el supuesto de que la Administración se opusiere temerariamente a la pretensión. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada...

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