STSJ Andalucía , 20 de Noviembre de 2000

PonenteMARIA TERESA GOMEZ PASTOR
ECLIES:TSJAND:2000:17769
Número de Recurso114/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

1 SENTENCIA Nº DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE D. ANDRÉS MÁRQUEZ ARANDA MAGISTRADOS Dª. MARÍA DEL ROSARIO CARDENAL GÓMEZ Dª. MARÍA TERESA GÓMEZ PASTOR

En la Ciudad de Málaga a veinte de noviembre de dos mil.- Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación número 114 del año 2.000, interpuesto por Dª. María Cristina y herederos de D. Rogelio , representados por el Procurador D. RAFAEL ROSA CAÑADAS, y asistido por Letrado, contra el Auto de fecha 27 de Julio de 2.000, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Número Cuatro de Málaga, siendo parte apelada la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras del Ayuntamiento de Málaga.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA MARÍA TERESA GÓMEZ PASTOR, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por D. Francisco de la Torre Prados, Primer Teniente de Alcalde delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras y Desarrollo Territorial del Ayuntamiento de Málaga, se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Cuatro de Málaga recurso contencioso administrativo para la autorización judicial de entrada en domicilio para el desalojo y demolición del inmueble sito en c/

DIRECCION000 nº NUM000 de Málaga, el que quedó registrado con el número 97/00.

SEGUNDO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Cuatro de Málaga, dictó Auto, cuya parte dispositiva es como sigue: "Se autoriza a la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, para entrar en el domicilio de Dª. María Cristina y herederos de D. Rogelio , sito en DIRECCION000 número NUM000 , Málaga entre los días 7 a 11 de Agosto, ambos incluidos, y entre las 9 y las 14,00 horas, sin que pueda prorrogarse más allá de las horas hábiles de dicho período y al solo efecto de llevar a cabo la entrada. En la entrada deberán evitarse actuaciones ajenas a su objeto, adoptándose las precauciones necesarias para no comprometer la reputación de los moradores y en todo caso, respetando sus secretos e intimidad y restringiendo al número imprescindible para llevar a cabo la finalidad de la entrada, las personas que la realicen. Verificada la misma, el órgano administrativo autorizado debe dar cuenta a este Juzgado de haberla realizado y de cualquier incidencia ocurrida".

TERCERO

Contra dicho Auto se interpuso por la representación procesal de la parte demandada recurso de apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las partes...

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