STSJ Andalucía , 3 de Septiembre de 2001

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2001:11689
Número de Recurso171/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚMERO 171/2.000 JUZGADO: ALMERÍA NÚMERO UNO SENTENCIA NÚM. 559 DE 2.001 Iltmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Doña María Luisa Martín Morales

En la ciudad de Granada, a tres de septiembre de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se han tramitado los autos del recurso de apelación número 171/00, dimanante del recurso contencioso-administrativo número 10/2.000, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso- administrativo número Uno de Almería, siendo parte apelante D. Luis Francisco y D. Augusto , representados y dirigidos por el Letrado D. Fernando Domene Domene; y parte apelada el AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, que comparece representado y dirigido por el Letrado D. Gonzalo Alcoba Villalobos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación dimana de los autos de recurso contencioso- administrativo número 10/2.000 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de los de Almería.

SEGUNDO

El recurso de apelación se interpuso contra sentencia de 8 de marzo de 2.000, número 105/00, en la que se acordaba: "Desestimar el recurso interpuesto por D. Lorenzo , D. Carlos Jesús , Alfredo . D. Augusto , D. Luis Francisco , D. Gabriel , D. Rodrigo , D. Luis Pedro , D. Armando , D. Guillermo y D. Rubén , contra la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Almería de fecha 5 de noviembre de 1999, por ser ajustada a derecho. Sin costas". Tras ser admitido el recurso de apelación por el Juzgado, en ambos efectos, se dió traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó los autos. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimandolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Puya Jiménez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia dictada por el Juzgado de la Contencioso-Administrativo número Uno de Almería, de fecha 8 de marzo del año 2.000, recaída en el...

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