STSJ Andalucía , 18 de Junio de 2002

PonenteJULIO PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJAND:2002:9263
Número de Recurso2506/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Social

M.R.O. SECCIÓN SEGUNDA SENT. NÚM. 1.900/2002 ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO ILTMO. SR. D. JULIO PÉREZ PÉREZ MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a dieciocho de Junio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2.506/01, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Jaén en fecha 28 de Junio de 2.001 en Autos núm. 172/01, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JULIO PÉREZ PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Lorenza en reclamación sobre prestaciones por maternidad contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERVICIO ANDALUZ DE SALUD y MUTUA FREMAP y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 28 de Junio de 2.001, por la que estimando la demanda formulada por la actora, declaraba el derecho de la misma a percibir las prestaciones de maternidad en la cuantía y el período que legalmente corresponda, condenando al I.N.S.S. al abono de dichas prestaciones y al resto de los demandados a estar y pasar por ello. Segundo.- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: 1º.- La actora Dª. Lorenza , con D.N.I. NUM000 , venía prestando sus servicios como trabajadora por cuenta propia en la Cooperativa de Trabajo Asociado, como costurera, estando afiliada al R.E.T.A. desde el 1-2-98, y siendo baja en dicho Régimen el 31-8- 00. 2º.- Que el 4-8-00 fue baja por enfermedad común, permaneciendo en dicha situación de forma continuada hasta el 24-12-00. 3º.- Que el 25-12-00 la actora dio a luz un hijo mediante cesárea, permaneciendo ingresada hasta el 30-12-00. 4º.- Que solicitó la prestación de maternidad a trabajadores del R.E.T.A. el 16-1- 01 siéndole denegada por el I.N.S.S. por resolución de 29-1-01, por no estar afiliada y en alta o en situación asimilada en la fecha del hecho causante de la prestación. 5º.- Que agotó la vía previa administrativa. 6º.- Que la base reguladora diaria de I.T. por contingencias comunes asciende a 3.872 pesetas. Tercero.- Notificada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR