STSJ Cataluña , 20 de Noviembre de 2003

PonenteANGEL DE PRADA MENDOZA
ECLIES:TSJCAT:2003:11668
Número de Recurso515/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL F.S. ILMO. SR. EMILIO DE COSSIO BLANCO ILMA. SRA. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMO. SR. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA En Barcelona a 20 de noviembre de 2003 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7268/2003 En el recurso de suplicación interpuesto por INSS frente a la Sentencia del Juzgado Social 10 Barcelona de fecha 8 de octubre de 2002 dictada en el procedimiento Demandas nº 515/2002 y siendo recurrido/a Daniel . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 17-6-2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Prestaciones no contributivas, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 8 de octubre de 2002 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimo la demanda promoguda per Daniel i condemno l'INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL a abonar-li des del 15/6/01 la prestació familiar per fill a càrrec, en la seva modalitat no contributiva, pel causant Alberto , en quantia mensual de 366,62 euros l'any 2001 i de 376,50 l'any 2002.".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"Primer. En 2/98, la Direcció Provincial de l'INSS amb seu a Ceuta va reconèixer a l'actor una prestació familiar en la seva modalitat no contributiva a favor del seu fill Alberto , en presentar una discapacitat global total del 89 per 100 més la necessitat d'ajut d'una tercera persona valorada en 49 punts.

Segon

Mitjançant la resolució de la Direcció Provincial de Barcelona de data 11/2/02 es va disposar extingir la prestació familiar del causant esmentat atès que no acreditava la residència legal en territorri espanyol. Va exhaurir la via administrativa.".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- La sentencia de instancia, estimando la demanda, condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a abonar al actor desde el 15/6/01 la prestación familiar por hijo a cargo, en la modalidad no contributiva, por el causante Alberto , en cuantía mensual de 366,62 euros durante el año 2001 y de 376,50 para el año 2002.

No conforme con dicha resolución judicial, recurre en suplicación el letrado de la Administración de la Seguridad Social en representación del INSS a través de un único motivo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR