STSJ Asturias , 11 de Septiembre de 2002

PonenteRAFAEL FONSECA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2002:3969
Número de Recurso2178/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación Único: 33000 3 0103823 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2178 /1998 Sobre ADMINISTRACION LABORAL Y S.S. De D/ña. Benjamín Procurador/a Sr./a. SIN PROFESIONAL ASIGNADO Contra D/ña. M TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA n° 624 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Rafael Fonseca González D. José Manuel González Rodríguez En Oviedo, a once de septiembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2178 de 1998, interpuesto por D. Benjamín , representado y dirigido por la Letrada Dª Begoña Escalona Platero, contra el MINISTERIO DE

TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, representado por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre resolución de fecha 29 de julio de 1998, que desestima el recurso ordinario formulado contra la resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Asturias, de 23 de diciembre de 1997, que, a su vez, confirmó el Acta de Infracción, levantada al recurrente, número NUM000 , de fecha 30 de mayo de 1997. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael Fonseca González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, anulando el acuerdo recurrido, por ser contrario al ordenamiento jurídico, con expresa declaración de que se deja sin efecto la sanción impuesta e imposición de costas a la Administración recurrida. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 24 de enero de 2002, se recibió el proceso a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y...

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