STSJ Cataluña , 23 de Enero de 2001

PonenteJOSE CESAR ALVAREZ MARTINEZ
ECLIES:TSJCAT:2001:925
Número de Recurso6539/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6539/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL MCP ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIñOL ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ En Barcelona a 23 de enero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 658/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Juan Ignacio y Tres más frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº12 Barcelona de fecha 26.04.2000 dictada en el procedimiento nº 1124/1999 y siendo recurrido FERROSER, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8.11.99 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación derechos, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 26.04.2000 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimo la demanda interpuesta por D. Juan Ignacio , Dña. Begoña , Don Valentín y Don Felix contra Ferroser, S.A. y declaro no haber lugar a los pronunciamientos pretendidos en la misma ABSOLVIENDO a la empresa demandada de las pretensiones deducidas contra ella."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

1- Los actores han venido prestando sus servicios laborales con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual que se indican a continuación:

- D. Felix , con D.N.I. nº NUM000 , antigüedad 01.10.80, categoría profesional de jefe de equipo, salario mensual de 162.757 ptas con inclusión de prorrata de pagas extras.

- D. Juan Ignacio , con D.N.I. NUM001 , antigüedad 01.08.78, categoría profesional de limpiador, salario mensual de 132.442 ptas. con inclusión de prorrata de pagas extras.

- D. Valentín , D.N.I. NUM002 , antigüedad 25.09.78, categoría profesional de especialista, salario mensual de 142.720 ptas. con inclusión de prorrata de pagas extras.

2- Han venido prestando sus servicios en la Estación de Renfe sita en San Vicens de Calders.

3- La empresa demandada tiene adjudicada por RENFE la explotación -entre otras- de la Estación donde prestan sus servicios los actores.

4- Los trabajadores actores prestan sus servicios en el turno de noche y por tanto perciben en nómina el concepto denominado "plus de nocturnidad" que se abona por meses, tal y como se recoge en las tablas salariales del vigente XVI Convenio Colectivo de copntratos Ferroviarios 97/98 (art.11).

5- La empresa demandada respetó y reconoció el abono de este plus de nocturnidad a determinados trabajadores (entre los que no se encuentran los actores) en cantidad superior a lo marcado en convenio que venía abonando la empresa anterior.

6- Las diferencias por este concepto de plus de nocturnidad entre lo percibido por los actores y por los trabajadores aludidos en el hecho probado anterior, ascienden a las cantidades reseñadas en el hecho 6º de la damanda aquí por reproducido.

7- Con fecha 28 de mayo de 1999 se interpuso papeleta de conciliación ante la Sección de Conciliación Individuals del Departament de...

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