STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Diciembre de 2000

PonenteRAMON CUETO PEREZ
ECLIES:TSJM:2000:14688
Número de Recurso2399/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Codamandado Ldo D. José Fernandez Costumero. C/Buen Suceso 19 28008 Recurso n°.- 2399/96, 98/96 Ponente Sr. Ramón meto Pérez Recurrente: Ldo. D. José M. Vela-Hidalgo Gomez. C/Lope de Vega 38-3º 28014 Madrid Demandado: comunidad de Madrid Secretaria: Dª Mª Teresa Barril Roche Lda. Dª Eva Silván Delgado. C/Lope de Vega 38-3ª 28014 Madrid TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA NUM. 1213 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. Ramón meto Pérez Dª. Silverio Nieto Nuñez En Madrid a dos de diciembre del dos mil. Visto los recursos contencioso administrativos que han correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con los nº arriba referenciados interpuestos por Dª. Leonor , Dª Rita , Dª. Almudena , D. Alberto , Dª Esperanza , Dª.

Marcelina , representados y dirigidos por el Letrado D. José María Vela - Hidalgo Gómez, y Dª Marí Trini , representada y dirigida por la Letrada Dª. Eva Silván Delgado, contra las órdenes de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de Madrid 91/95, de 7 de Agosto, 735/95 de 10 de noviembre, 960/95 de 21 de noviembre y 959/95 de 21 de noviembre sobre pruebas selectivas para plazas de Auxiliar de Enfermería Comunidad de Madrid y en el que la citada Comunidad demandada representada v defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos, sido parte como codemandada Dª Emilia , representada por el Letrado D. Francisco José Fernández Costumero, y siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNO.- La antedicha parte actora, promovió el presente recurso jurisdiccional contra las resoluciones reseñadas, formulando demanda en súplica de sentencia anulatoria de las mismas, con apoyo en los hechos y razonamientos jurídicos contenidos en su correspondiente escrito de formalización de su recurso.

DOS.- Por la representación procesal de la Comunidad de Madrid y el codemandado, se contestó oportunamente la demanda de contrario, oponiéndose a ella y solicitando, tras las alegaciones que estimaron convenientes, la desestimación del recurso y la confirmación de las resoluciones impugnadas.

TRES.- Seguido el proceso por los cauces legales, y no entendiendo la Sala necesaria la celebración de vista pública, se emplazó a las partes litigantes para que formularan sus respectivos escritos de conclusiones, lo que llevaron a efecto ratificándose en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, con lo que finalmente se señaló fecha para la votación y fallo del recurso que tuvo lugar el día 1 de Diciembre del año 2000.

Siendo Ponente D. Ramón meto Pérez, Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugnan en este recurso jurisdiccional 2399/96 en el que figuran acumulados los recursos contencioso administrativos números 1974/95, 99/1996, 98/1996 y 2435/1995, las resoluciones de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid que seguidamente se relacionan interpuestos por los recurrentes que también se mencionan: Dª Leonor , Dª. Rita , Dª Almudena y D. Alberto impugnan la Orden 91/95 de fecha 7 de agosto de 1995; Dª. Marí Trini impugna la Orden 959/95 de 21 de noviembre de 1995; Dª. Esperanza impugna la Orden 735/95, de 10 de noviembre de 1995 y Dª Marcelina impugna la Orden 960/95 de 21 de noviembre de 1995.

Las citadas resoluciones habían desestimado los respectivos recursos ordinarios formulados contra anteriores resoluciones por las que los recurrentes fueron excluidos -una vez realizado el primer ejercicio- de las pruebas convocadas por la Consejería de Salud de la CAM (hoy de Sanidad y Servicios Sociales)

mediante Ordenes 765/94 y 1014/94 para cubrir plazas de Auxiliar de Enfermería en turno libre y promoción interna, en cumplimiento de las Ofertas de Empleo Público de 1993.

SEGUNDO

Los demandantes a través de su representación legal suplican que se declare la nulidad de Resolución del Tribunal Calificador de las Pruebas Selectivas para acceso a plazas de carácter laboral de Aux. Enfermería correspondientes a la O. P. E. 93, por la que se publica el listado de aprobados de promoción interna y turno libre y en consecuencia, se condene al Tribunal Calificador a retrotraer las actuaciones al momento anterior a la calificación del primer ejercicio, para que se proceda a su calificación conforme dispone el art. 13.3 del Convenio Colectivo y la base séptima aprobada por Orden 765/94, calificando primeramente a los aspirantes de promoción interna, incluyendo entre las aprobados a todos los que hayan superado un mínimo de 5, al ser menos los aspirantes que plazas a cubrir y, una vez publicada la relación de aprobados por promoción interna, proceda a calificar a los aspirantes del turno libre.

En apoyo de su pedimento argumentan -en síntesis- que por Orden 765/94 de 6 de mayo de la Consejería de Hacienda de la CAN se publicaron las bases generales de In convocatoria de plazas laborales ofertadas de forma simultánea para los turnos de promoción interna y libre correspondientes a la Oferta de Empleo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR