STSJ País Vasco , 14 de Noviembre de 2000

PonenteFLORENTINO EGUARAS MENDIRI
ECLIES:TSJPV:2000:5451
Número de Recurso2220/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 2220/00 N.I.G. 00.01.4-00/001071 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 14 de Noviembre de 2000.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, D.FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por AYUNTAMIENTO DE ANDOAIN contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº4 (Donostia) de fecha veinte de Mayo de dos mil, dictada en proceso sobre OTROS CONCEPTOS, y entablado por María Dolores frente a AYUNTAMIENTO DE ANDOAIN .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO: Durante el mes de Abril de 1.989, sin que conste la fecha exacta, el Ayuntamiento de Andoain y el Departamento de Salud y Bienestar Social de la Diputacion Foral de Gipuzkoa suscribieron un convenio en virtud del cual el Ayuntamiento de Andoain se obligaba a poner en marcha un servicio social local y a contratar a un trabajador social y a un auxiliar administrativo para atender dicho servicio.

SEGUNDO

Paralelamente durante el mes de Abril de 1.989 el Ayuntamiento de Andoain convocó una oposición para la contratación temporal, hasta el 31 de Diciembre de 1.989 de un Auxiliar administrativo, Dª

María Dolores se presentó a dicha oposición y superó las pruebas obteniendo el primer puesto de los aspirantes que habían superado las pruebas, y la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión de fecha 8 de Junio de 1.989 acordó autorizar la contratación como auxiliar administrativo de Dña.

María Dolores . TERCERO: El 19 de Junio de 1.989 Dª María Dolores y el Ayuntamiento de Andoain suscribieron un contrato de trabajo temporal a tiempo parcial al amparo del Real Decreto 1.991/84, de seis meses y once días de duración, en virtud del cual Dª María Dolores pasó a prestar sus servicios para el

Ayuntamiento de Andoain como auxiliar administrativo con una jornada laboral del 50%. Una copia de este contrato, y de todos los que a continuación se dirán, y de sus prórrogas obran unidas a las actuaciones, dándose aquí por reproducidos. CUARTO: A finales del año 1.989 se prorrogó para el año 1.990 el convenio que el Ayuntamiento de Andoain tenía suscrito con el Departamento de Salud y Bienestar Social de la Diputacion Foral de Gipuzkoa, y la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 21 de Diciembre de 1.989 acordó prorrogar el contrato de trabajo temporal de Dª María Dolores hasta el 31 de Diciembre de 1.990. QUINTO: El convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Andoain y el Departamento de Salud y Bienestar Social de la Diputacion Foral de Gipuzkoa continuó en vigor durante el año 1.991, y la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 27 de Diciembre de 1.990 acordó mantener en vigor el contrato de Dª María Dolores hasta el 31 de Diciembre de 1.991.

SEXTO

Durante el año 1.992 continuó vigente el convenio entre el Ayuntamiento de Andoain y el Departamento de Salud y Bienestar Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, y la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 19 de Diciembre de 1.991 acordó que el contrato de trabajo a tiempo parcial de Dª María Dolores continuara vigente hasta el 31 de Diciembre de 1.992.

SEPTIMO

Con posteroridad, y sin que conste la fecha exacta, la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain acordó la formalización de un nuevo contrato a jornada completa con Dª María Dolores con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 1.992. OCTAVO: El 21 de Diciembre de 1.992 Dª María Dolores y el Ayuntamiento de Andoain suscribieron un contrato de trabajo temporal, de los denominados "de obra o servicio determinado", al amparo del Real Decreto 2.104/84, cuyo objeto era la realización de tareas de auxiliar administrativo en el programa del plan integral de lucha contra la pobreza mientras durara la vigencia del mismo. NOVENO: El 1 de enero de 1.993 Dª María Dolores y el Ayuntamiento de Andoain suscribieron un nuevo contrato de trabajo temporal, de los denominados "de obra o servicio determinado", al amparo del Real Decreto 2.104/84, cuyo objeto era la realización de tareas de auxiliar administrativo en el programa del plan integral de lucha contra la pobreza mientras durara la vigencia del mismo. DECIMO: La comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 23 de Diciembre de 1.993 acordó prorrogar el contrato de Dª María Dolores por otro año mas, condicionado a que se mantuviera la subvención de la Diputación Foral de Gipuzkoa destinada al personal de servicios sociales, y el 30 de Diciembre de 1.993 comunicó esta prórroga a la oficina del Instituto Nacional de Empleo de Lasarte.

UNDECIMO

El 2 de Enero de 1.995 el Ayuntamiento de Andoain comunicó a la oficina del Instituto Nacional de Empleo de Lasarte que el contrato de Dª María Dolores permanecería en vigor hasta el 31 de Diciembre de 1.995. DUODECIMO: El 27 de Diciembre de 1.995 el concejal delegado a propuesta de la comisión informativa de personal acordó en reunión celebrada el 21 de Diciembre de 1.995 autorizar la continuidad del contrato de Dª María Dolores hasta la vigencia del actual convenio con Diputación para el desarrollo de la red básica de servicios sociales. Esta resolución fue ratificada por la comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 11 de Enero de 1.996 señalando que el convenio con la Diputación Foral de Gipuzkoa finalizaba el 31 de Marzo de 1.996, fecha hasta la que se prorrogó el contrato de Dª María Dolores . DECIMOTERCERO: El 19 de Marzo de de 1.996 el Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Ayuntamiento de Andoain suscribieron un convenio de colaboracion para la consolidación de los servicios sociales de base del Ayuntamiento de Andoain.

DECIMOCUARTO

La comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 28 de Marzo de 1.996 acordó prorrogar el contrato de Dª María Dolores por un año con efectos desde el 1 de Abril de 1.996. DECIMOQUINTO: El 12 de Marzo de 1.997 y mediante resolución de la alcaldia se dió por continuado por el plazo de un año y con efectos desde el 1 de Abril de 1.997 el contrato de Dª María Dolores como auxiliar administrativo en el programa del plan integral de lucha contra la pobreza comunicando el 7 de Abril de 1.997 a la oficina del Instituto Nacional de Empleo de Lasarte que dicho contrato permanecía en vigor hasta el 31 de Marzo de 1.998. DECIMOSEXTO: La comisión de gobierno del Ayuntamiento de Andoain en sesion celebrada el 12 de Marzo de 1.998 acordó dar por continuado el contrato de Dª María Dolores por un año mas, comunicándose esta prórroga a la oficina del Instituto Nacional de Empleo de Lasarte el 20 de marzo de 1.998, señalando en esa comunicación que el contrato de Dª María Dolores permanecería en vigor hasta el 31 de Marzo de 1.999. DECIMOSEPTIMO: El pleno del Ayuntamiento de Andoain en sesión celebrada el 16 de julio de 1.998, aprobó la relación de puestos de trabajo, la plantilla orgánica municipal y la oferta de empleo público para el año 1.998, creándose la plaza de auxiliar administrativo del Departamento de Bienestar Social. DECIMOCTAVO: La comisión de gobierno del...

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