STSJ Cataluña , 5 de Junio de 2001

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2001:6789
Número de Recurso492/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 492/1998 SENTENCIA n° 463/2001 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler D. Manuel Táboas Bentanachs D. Luis María Díaz Valcárcel Barcelona, a cinco de junio del año dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo sobre planeamiento urbanístico, seguido entre partes: como parte demandante, los Sres. Jose Miguel y Juan Ramón , representada y defendida por Letrado D. EDUARDO SORIA BADIA; como parte demandada, el Ayuntamiento de CORBERA DE LLOBREGAT, representada por el Procurador/a D./Dª ARTURO COT MONTSERRAT y defendida por Letrado.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Corbera de Llobregat del 13-11-1997 por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación n° 1.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 23-V-2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se anule el Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Corbera de Llobregat del 13-11-1997 por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación n° 1.

SEGUNDO

La actora alega los siguientes defectos formales:

A).- Inexistencia de estudio económico financiero:

Al respecto la actora alega infracción de los arts. 25 y 25 del Decret Legislatiu 1/1990, Texto Refundido de disposiciones legales en materia urbanística vigentes en Cataluña, a lo que debe decirse que el Estudio económico financiero no figura como contenido preceptivo del Proyecto de reparcelación en la norma que lo regula que es básicamente el art. 82.1 del Reglamento de Gestión Urbanística (Decreto 3288/1978 de 25-8).

B).- Inclusión en el Proyecto de reparcelación de un Sistema General a soportar exclusivamente por los propietarios incluidos en la Unidad de Actuación n° 1:

alegación se refiere al parque urbano de 4.889 m2. calificado como sistema local.

La actora pone de manifiesto que difícilmente un parque urbano de 4.889 m2. pueda considerarse destinado exclusiva o principalmente al servicio de una Unidad de Actuación de superficie total 7.722 m2. El Ayuntamiento argumenta que se accede al parque únicamente por la calle Antoni Gaudí y por la calle Pompeu Fabra.

La pericial forense ha acreditado, además, que dicho parque forma parte de la estructura general y orgánica del territorio, por razón de sus dimensiones comparables a los restantes parques urbanos del casco, y que la relativa dificultad de acceso dada la accidentada topografía que lo separa del parque urbano ubicado en la zona...

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