STSJ Cataluña , 14 de Noviembre de 2001

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2001:14030
Número de Recurso807/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Autos n° 807/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO Nº 807/97 PARTES: CONFEDERACIO D'EMPRESARIS DE COMERÇ, I DE SERVEIS DE LES COMARQUES TARRAGONINES C/ GENERALITAT DE CATALUNYA, PORT AVENTURA S.A, GRAND P. COMERCIAL, S.A, G.P. RESORT, S.A. Y CONSORCI INTERMUNICIPAL DE SALOU, VILASECA I LA GENERALITAT DE CATALUNYA S E N T E N C I A N° 1089 Ilustrísimos Señores MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

Dña MARIA DEL PILAR MARTÍN COSCOLLA.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

BARCELONA, a catorce de noviembre de dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 807/97, seguido a instancia de la entidad CONFEDERACIO D'EMPRESARIS DE COMERÇ I DE SERVEIS DE LES COMARQUES TARRAGONINES, representado/a por el/la Procurador Don/Doña JOSEP PUIG OLIVET-SERRA, contra la GENERALITAT DE CATALUNYA, representado por el/la LLETRAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, contra las entidades PORT AVENTURA, S.A., GRAND P. COMERCIAL, S.A. y G.P. RESORT, S.A. representadas por el Procurador Don ANTONIO MARIA DE ANZIZU FUREST y contra la entidad CONSORCI INTERMUNICIPAL DE SALOU, VILASECA I LA GENERALITAT DE CATALUNYA, representada por el Procurador Don ANGEL QUEMADA RUIZ, en su cualidad de partes codemandadas, sobre Urbanismo.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 20 de diciembre de 1996 el Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya dictó Resolución -expediente 2279/96- por virtud de la que, en esencia, se aprobó definitivamente "l'avanç de Pla parcial del Centre Recreatiu i Turístic de Vila-seca i Salou, promogut per les societats Gran P. Comercial, SA, GP Resort, SA, i Port Aventura, SA, i tramés pel Consorci Intermunicipal de Vila-seca i Salou".

    El 20 de diciembre de 1996 el Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya dictó Resolución -expediente 2275/96- por virtud de la que, en esencia, se aprobó definitivamente gel Pla parcial del subsector comercial Rambla del Parc, del Centre Recreatiu i Turístic, dels termes municipals de Vila-seca i Salou, i incorporar-hi d'ofici la prescripció següent: S'haurá de preveure a la normativa l'obligació de comunicar amb temps als serveis d'arqueologia del Departament de Cultura l' inici de moviments de terra dins l'ámbit del subsector".

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidio el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a las partes demandadas, éstas contestaron la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron de aplicación, solicitaron la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  5. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación: y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 14 de noviembre de 2001, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de la entidad CONFEDERACIO DIEMPRESARIS DE COMERÇ I DE SERVEIS DE LES COMARQUES TARRAGONINES contra la Resolución de 20 de diciembre de 1996 del...

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