STSJ Aragón , 14 de Marzo de 2000

PonenteNEREA JUSTE DIEZ DE PINOS
ECLIES:TSJAR:2000:570
Número de Recurso256/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN PRIMERA - RECURSO N° 256 DE 1997 SENTENCIA N° 185 DE 2000 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. RICARDO CUBERO ROMEO MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARÍA ARIAS JUANA Dª. ISABEL ZARZUELA BALLESTER Dª. NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS En Zaragoza, a catorce de marzo de dos mil. En nombre de S.M. el Rey. VISTO, Por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el recurso número 256 de 1997, seguido entre partes, como demandante Dª Camila , Y D. Gabriel , Dª. Marta , Dª Silvia Y D° María Esther COMO HEREDEROS DE D. Marco Antonio representados por el Procurador D. Antonio Jesús Bozal Ochoa y defendido por el Letrado D. Ricardo Navarro Martín; y como demandada LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.

Es objeto de impugnación la Resolución del Consejero de Ordenación Territorial de Obras Públicas y Transportes de la D.G.A. de 27.11.96 por la que se desestima el Recurso ordinario interpuesto contra el Acuerdo de 25.04.96 de la Comisión Provincial de Ordenación Territorial de Huesca por el que se aprobaba definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Jaca.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: Indeterminada.

Ponente: Ilma. Sra. Magistrado Dª. NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La actora mediante escrito presentado el 24 de febrero de 1997, dedujo el presente recurso contencioso contra las indicadas resoluciones administrativas.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda, en la que después de relacionar los hechos y fundamentos de derecho suplicó se dicte sentencia anulando las resoluciones recurridas y proponiendo que dicho recurso ordinario sea estimado, en el sentido de prescribir que el vial SGV- 2 del citado Plan General se elimine o bien que lo proponga el Ayuntamiento de Jaca con otro trazado, manteniendo o preservando, en cualquier caso, la calle Justicia de Aragón o vial del Este de Residencias Prado Largo, con sus actuales características de longitud, anchura, sección y arbolado, vigentes al tiempo de interponer esta demanda e imponer las costas a la demandada.

TERCERO

La Administración demandada, en su contestación a la demanda, después de relacionar hechos y fundamentos de derecho suplicó se dicte sentencia por la que se acuerde la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Finado el periodo probatorio, sin haberse propuesto prueba por ninguna de las partes, éstas evacuaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y Fallo del recurso el día 02.03.00.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento la Resolución del Consejero de Ordenación Territorial de obras Públicas y Transportes de la D.G.A. de 27.11.96 por la que se desestima el Recurso Ordinario interpuesto contra el Acuerdo de 25.04.96 de la Comisión Provincial de Ordenación Territorial de Huesca por el que se aprobaba definitivamente la revisión del Plan General de ordenación Urbana de Jaca.

SEGUNDO

El recurrente sostiene que el Plan General adolece de los siguientes defectos: no hay estudio económico financiero, no figura ninguna expresión de las rasantes en suelo urbano, tampoco se ha evaluado el tráfico previsto, no se han analizado las alternativas propuestas al sistema general de comunicación ni se ha justificado el modelo...

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