STSJ Asturias , 25 de Octubre de 2001

PonenteMARIA JOSE MARGARETO GARCIA
ECLIES:TSJAS:2001:4373
Número de Recurso454/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0101719 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 454 /1999 Sobre INFRACCIONES Y SANCIONES De D/ña. VIUDA DE MARTINEZ LAVIADA S A Procurador/a Sr/a. MARIA CONCEPCION GONZALEZ ESCOLAR Contra D/ña. M FOMENTO ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA n° 1033 Ilmos. Sres. Presidente:

Dª. María José Margareto García Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veinticinco de octubre de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 454 de 1999, interpuesto por la entidad mercantil "VIUDA DE MARTÍNEZ LAVIADA, S. A.", representada por la Procuradora Dª. Concepción González Escolar y dirigida por el Letrado D. Miguel Cabanellas Aguilera, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES Y TRANSPORTES POR CARRETERA, MINISTERIO DE FOMENTO, representado por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre resolución de fecha 26 de febrero de 1999, de la Subdirección General de Recursos, que desestimó el recurso ordinario planteado por dicha recurrente contra la resolución de la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera de 25 de octubre de 1996, que declaró subsistente y definitiva. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. María José

Margareto García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, por la que, estimándola, se deje sin efecto la sanción impuesta.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del recurso a prueba y asimismo no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

CUARTO

Se señaló para la votación y Fallo del presente recurso el día...

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