STSJ Extremadura , 10 de Octubre de 2002

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJEXT:2002:2234
Número de Recurso326/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM 1.703 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA /

En Cáceres a diez de Octubre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo número 326 de 2.000, promovido por el Procurador de los Tribunales Don Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de DON Millán , siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, recurso que versa sobre: Resolución de fecha 20 de diciembre de 1.999 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura desestimatoria de la reclamación económico-administrativa formulada por el interesado frente a la Resolución de 13 de junio de 1.997 de la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de Badajoz por la que, considerando la existencia de una incompatibilidad en el demandante, se requería el pago de la cantidad de 1.637.010 pesetas líquidas en concepto de cantidad indebidamente percibida. Cuantía 1.637.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes el recibimiento del recurso a prueba, ni vista o conclusiones, ni estimarlo necesario la Sala, se señaló día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Doña FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso contencioso administrativo el Sr. Millán contra la Resolución de fecha 20 de diciembre de 1.999 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura desestimatoria de la reclamación económico-administrativa formulada por el interesado frente a la Resolución de 13 de junio de 1.997 de la Delegación Provincial de Economía y...

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