STSJ Cataluña , 16 de Octubre de 2002

PonenteJORDI AGUSTI JULIA
ECLIES:TSJCAT:2002:11533
Número de Recurso7763/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 7763/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL mc ILMO. SR. D. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ ILMO. SR. D. JORDI AGUSTÍ JULIÀ

ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ En Barcelona a 16 de octubre de 2002 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 6592/2002 En el recurso de suplicación interpuesto por Benito frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº26 Barcelona de fecha 16 de julio de 2001 dictada en el procedimiento nº 478/2000 y siendo recurridos COMISION DE CONTROL DEL PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO DE FERR, VIDACAIXA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS y CAIXA D'ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JORDI AGUSTÍ JULIÀ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de mayo de 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma.

Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 16 de julio de 2001 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda planteada por Benito contra el PLAN DE PENSIONES DE FERROCARRIL METROPOLITANO DE BARCELONA, S.A., VIDACAIXA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS y CAIXA D'ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA debo absolver a las demandadas de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- Benito , con DNI nº NUM000 , ha prestado servicios por cuenta de la empresa FERROCARRIL METROPOLITANO DE BARCELONA, S.A. 2º.- Resolución de 10/11/98 de la Dirección Provincial de Barcelona del Instituto Nacional de la Seguridad Social declaró al actor, en situación de incapacidad permanente en grado de total, derivada de accidente de trabajo, con efectos desde el 2/3/97 y el derecho a percibir una pensión mensual de 189.191 Pts, más las revalorizaciones a que hubiera lugar, a percibir desde 3/3/97 y de cuyo pago se hizo responsable a Mutua CYCLOPS.

  1. - Como consecuencia del Convenio Colectivo aplicable se constituyó el PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO DE FERROCARRIL METROPOLITANO DE BARCELONA, S.A., que reconoce prestaciones complementarias de las establecidas en el sistema público de la Seguridad Social (Plan que se tiene por reproducido).

  2. - El Plan quedó integrado en el PLAN PENSIONS CAIXA 10, FONDO DE PENSIONES, inscrito en el Registro Administrativo de Fondos de Pensiones de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda con el nº F-0482, así como en el Registro Mercantil de Barcelona en el Tomo 29982, folio 42, hoja B-162076, inscripción 1ª, siendo VIDA CAIXA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS la designada como entidad gestora del mismo y la codemandada LA CAIXA, entidad depositaria.

  3. - El 21/12/98 el actor, adherido al Plan de Pensiones, se dirigió mediante escrito a la COMISIÓN DEL PLAN DE PENSIONES DE FERROCARRIL METROPOLITANO DE BARCELONA S.A. en solicitud de las prestaciones correspondientes, dando cuenta de la declaración de incapacidad permanente en grado de total reconocida.

  4. - El 19/1/99, la Comisión de Control del Plan de Pensiones trató, entre otras cuestiones, la petición del actor y, constatado error en la resolución administrativa sobre fecha de efectos, se le indicó que instara ante la entidad gestora la corrección oportuna.

  5. - El 17/2/99 el actor se dirigió a la entidad gestora a los efectos de rectificación de la fecha de efectos. La entidad gestora el 19/2/99 la modificó fijándola en 2/3/98 al constatar el error denunciado y habida cuenta que el interesado inició situación de incapacidad temporal el 3/8/96 siendo dado de alta médica, por agotamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR