STSJ Galicia , 28 de Enero de 2000

PonenteROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:432
Número de Recurso1258/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2000
EmisorSala de lo Social

Doña María Socorro Bazarra Varela, Secretaria de la Sala, de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso nº 1258-98 RF-A ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMA. SRA. ROSA Mª RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ ILMO. SR. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA A Coruña, a veintiocho de enero de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 1258-98 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. uno de A Coruña siendo

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 782-97 se presentó demanda por Dª Remedios en reclamación de Incapacidad siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 26 de enero de 1998 por el Juzgado de referencia que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1º) Que la actora, Dª Remedios , nacida el 29.4.48, de profesión cocinera, figura afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM000 , teniendo acreditadas cotizaciones suficientes para causar pensión.- 2º) Que por razón de enfermedad solicitó ante la Comisión de Evaluación de Incapacidades declaración de

Invalidez Permanente, proponiéndose por aquélla el reconocimiento de una Invalidez Permanente Total, procediendo a su denegación la Entidad Gestora por no encontrarse en situación de Alta, teniendo que ser declarada para causar derecho en los grados de Invalidez Permanente Absoluta o Gran Invalidez.- 3º) Que disconforme con la anterior resolución la actora interpuso reclamación previa, la cual fue desestimada.- 4º)

Que las dolencias que padece la actora consisten en: Asma de larga evolución. Refiere un ingreso hace unos 15 años y 2º ingreso en 2-97 por insuficiencia respiratoria aguda, con pérdida conciencia secundaria.

AP: roncos y sibilancias diseminados. Disnea de esfuerzo grao II. Edemas M.I. +.- 5º) Que la actora desde que cesó su relación laboral percibió subsidio por desempleo y tras su agotamiento pasó a inscribirse como demandante de empleo en la Oficina del INEM en el año 1992, permaneciendo en la actualidad inscrita y pasando las correspondientes revistas.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por DOÑA Remedios , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro que dicha demandante se encuentra en situación legal de Invalidez Permanente Total, con derecho a percibir la correspondiente pensión, condenando al demandado a su abono en la cuantía, forma y con los efectos reglamentarios.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos...

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