STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Octubre de 2004
Ponente | SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO |
ECLI | ES:TSJM:2004:12194 |
Número de Recurso | 433/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 01476/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID Sala de lo Contencioso Administrativo Sección 2ª
Recurso nº 433/1.999 Registro General nº 4.476/1.999 SENTENCIA Nº 1.476 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA MAGISTRADOS:
Dª ELVIRA A. RODRÍGUEZ MARTÍ
D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ D. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA ALONSO D. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO En la Villa de Madrid, a cinco de octubre del año dos mil cuatro.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso-administrativo nº 433/1.999, promovido por la Procuradora D_
Carmen Lorenci Escarpa, en representación de D. Fernando , D_ Marcelina y D_ Filomena , asistidos de la Letrada D_ Joana Alsina Enriquez, contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Las Rozas de fecha 23 de febrero de 1.999 por el que se concedía a la Federación Espa_ola de Fútbol licencia de obra mayor para la construcción de ciudad deportiva en las subparcelas 1.3 mas parte de la 1.4 y 1.5 del Sector VII, Parque Empresarial de Las Rozas de Madrid, habiendo sido representada la Administración demandada por la Procuradora D_ Luisa Aguiar Merino; habiendo comparecido como codemandado la
Federación Española de Futbol de Madrid, representada por el Procurador D. Isacio Calleja García, asistida del Letrado D. José Manuel Aspas Aspas.
A través del presente recurso contencioso administrativo se impugna el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Las Rozas de fecha 23 de febrero de 1.999 por el que se concedía a la Federación Española de Fútbol licencia de obra mayor para la construcción de ciudad deportiva en las subparcelas 1.3 mas parte de la 1.4 y 1.5 del Sector VII, Parque Empresarial de Las Rozas de Madrid.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante este Tribunal Superior de Justicia, después de admitido a trámite, reclamado el expediente administrativo, se dio traslado al recurrente para que formalizara la demanda, habiendo solicitando en el suplico la estimación del recurso, y por medio de otrosí el recibimiento del presente recurso a prueba.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma a la Administración demandada y a la Federación Española de Futbol con entrega del expediente administrativo para que contestaran la demanda y, formalizadas dichas contestaciones, solicitaron en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a derecho.
Contestada la demanda y habiéndose solicitado el recibimiento del juicio a prueba, por auto de fecha 22 de julio de 2.002 , se acordó recibir a prueba el presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la L.J.C.A ..
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el plazo de 10 días para concluir por escrito, lo que consta realizado, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
Para la votación y fallo del presente proceso se señalo el día cinco de octubre del año dos mil cuatro, en que, efectivamente, se votó y falló.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO, quien expresa el parecer de la Sección.
El presente recurso contencioso administrativo se dirige contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Las Rozas de fecha 23 de febrero de 1.999 por el que se concedía a la Federación Española de Fútbol licencia de obra mayor para la construcción de ciudad deportiva en las subparcelas 1.3 mas parte de la 1.4 y 1.5 del Sector VII, Parque Empresarial de Las Rozas de Madrid.
Pretende el recurrente la anulación de la resolución recurrida por cuanto, a su juicio es contraria a derecho, aduciendo en apoyo de dicha pretensión y en esencia, los siguientes argumentos:
-
-Que el Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de 1.994, que sufrió una Modificación Puntual en el ámbito del Parque...
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