STSJ Asturias , 28 de Septiembre de 2004

PonenteRAFAEL FONSECA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2004:4499
Número de Recurso1398/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 OVIEDO 55820 Número de Identificación Único: 33044 3 0101314 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001398 /1999 Sobre ADMINISTRACION LOCAL De D/ña. AREA DE SERVICIO LA LAGUNA Procurador/a Sr/a. LUIS ALVAREZ FERNANDEZ Contra D/ña. AYTO SAN MARTIN DEL REY AURELIO *SR ERRASTI ROJO SENTENCIA nº 660 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. RAFAEL FONSECA GONZALEZ Magistrados:

D. JOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ D. EDUARDO GOTA LOSADA En Oviedo, a veintiocho de septiembre de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1.398 de 1999, interpuesto por la entidad mercantil Área de Servicio La Laguna, representada por el Procurador Don Luis Álvarez Fernández y dirigida por el Letrado Don Raúl Bocanegra Sierra, contra el Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, representado por el Procurador Don Teodoro Errasti Rojo y dirigido por el Letrado Consistorial. Actuando como parte codemandada ALCAMPO, S.A., representado por el Procurador Don Teodoro Errasti Rojo y dirigido por el Letrado Don Jesús González Pérez. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL FONSECA GONZALEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que se declare nulo, anule o revoque y deje sin efecto el acuerdo objeto de recurso y se reconozca el derecho de mi representada a la tramitación del Plan Especial por ella presentado el 12 de abril de 1999, hasta su aprobación definitiva por el Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, y declare, en consecuencia, la nulidad de todas las actuaciones emprendidas por la Corporación con posterioridad a su negativa a tramitar dicho Plan Especial. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

TERCERO

Conferido traslado a la parte codemandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que se desestime el recurso con imposición de costas a la parte recurrente. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

CUARTO

Por Auto de cinco de febrero de 2004 se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

SEXTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día veintidós de septiembre de 2004, en que la misma tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo, interpuesto en nombre de la entidad mercantil "Área de Servicio La Laguna", el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, adoptado con fecha 10 de noviembre de 1999, por el que se resuelve:

  1. Denegar la solicitud de los representantes de la S.A. Área de Servicio La Laguna de tramitación y aprobación de un plan especial de iniciativa particular para la EE-14 Carrocera, y en consecuencia no dar curso a la misma y no aprobar inicialmente dicho documento urbanístico, por las razones que se recogen, y 2º. Levantar la suspensión, con efectos de la fecha del presente acuerdo, de la tramitación del expediente en el que se otorgó aprobación inicial a la modificación de planeamiento de la zona de la EE-14 Carrocera por Acuerdo del Pleno de 23 de agosto de 1999, desestimando la petición expresa de mantenimiento de la suspensión efectuada por la Sociedad Área de Servicio La Laguna, S.A., por considerar que de atender su petición de suspensión, se...

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