STSJ La Rioja , 7 de Marzo de 2001

PonenteVALENTIN DE LA IGLESIA DUARTE
ECLIES:TSJLR:2001:198
Número de Recurso109/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a Siete de Marzo de dos Mil uno. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, Presidente, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del magistrado Ilmo. Sr. D. Valentín de la Iglesia Duarte, la siguiente:

S E N T E N C I A N° 129 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 109/1999 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento ordinario, a instancia de BODEGAS MARQUÉS DEL PUERTO, S. A., representada por el Procurador Don FRANCISCO-JAVIER GARCÍA APARICIO y defendida por el Letrado Don DAVID A. DEL POZO IBÁÑEZ, siendo demandada la CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el SR. ABOGADO DE GOBIERNO; recurso cuya cuantía es Indeterminada.

I/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el 31 de Marzo de 1999 se interpuso ante esta Sala y a nombre de BODEGAS MARQUÉS DEL PUERTO, S. A. recurso contencioso-administrativo contra Resolución de la Consejería de obras Públicas del Gobierno de La Rioja de fecha 28 de Enero de 1999, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra acuerdo de la Comisión de ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, de 3 de Julio de 1998, por el que se aprueba definitivamente la modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana en Polígono 17, parcela 1 "El Predegal" de Fuenmayor.

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 19 de Marzo de 2000, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO: dictar Sentencia por la que, con estimación del presente recurso, se declare nula por no ajustarse a Derecho, la Resolución de 28 de Enero de 1999, dictada por la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas, Transportes, Urbanismo y Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que desestimó el Recurso ordinario interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja de fecha 3 de julio de 1998, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana en Polígono 17, Parcela 1 "El Pedregal" de Fuenmayor".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación del recurso. No habiendo comparecido en el proceso el Ayuntamiento, pese a haber sido oportunamente emplazado como codemandado.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, tras lo cual se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 12 de Enero de 2001, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la tramitación del proceso se han observado las prescripciones legales.

II/

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la entidad mercantil Bodegas Marqués del Puerto, S. A., la modificación puntual del Plan General de ordenación Urbana del municipio de Fuenmayor (La Rioja), en su Polígono 17, Parcela 1, término de "El Pedregal", consistente en la reclasificación como suelo...

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