STSJ Andalucía , 29 de Octubre de 2001

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2001:14952
Número de Recurso3683/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SECCIÓN PRIMERA RECURSO 3.683/2.001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 728 DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Iltmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Doña María Luisa Martín Morales

En la ciudad de Granada, a veintinueve de octubre de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3.683/2.001 seguido a instancia de DON Jesús Luis , que comparece representado por el Procurador D. Antonio Jesús Pascual León y dirigido por Letrado, siendo parte demandada el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA, en cuya representación comparece el Procurador D. Eduardo Alcalde Sánchez y dirigido por Letrado. La cuantía del recurso es de 8.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte recurrente y ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Almería, se interpuso recurso contencioso-administrativo sobre cuestión de ilegalidad del artículo 8 de la ordenanza reguladora de vías de estacionamiento. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado y señalar día para el acto de la vista.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala que se dicte sentencia por la que, estimando en todas sus partes el presente recurso contencioso- administrativo, anule y deje sin efecto, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, el acto administrativo recurrido, esto es, el Decreto sancionador de 22/6/01 dictado por el Iltmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Almería en el expediente sancionador número 589102/M, por el que se impone al recurrente una sanción de 8.000 pesetas, haciendo expresa declaración de imposición de costas a la Administración demandada si se opusiere a las pretensiones y con cuanto más proceda conforme a derecho.

TERCERO

En el acta de juicio celebrada en fecha 20 de septiembre de 2.001, comparecieron ambas partes, oponiéndose la demandada respecto a los hechos de la demanda por ser inciertos. En el mismo acto de juicio se acordó el recibimiento a prueba, proponiendo las dos partes prueba documental consistente en el expediente administrativo, tras lo cual quedaron los autos conclusos para dictar sentencia.

CUARTO

En fecha 20 de septiembre de 2.001 se dictó sentencia núm. 190/01 en cuya parte dispositiva se acordó plantear la cuestión de ilegalidad del artículo 8 de la Ordenanza Reguladora de Vías de Estacionamiento del Excmo. Ayuntamiento de Almería y por auto de fecha 21/9/01 se acordó elevar las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J.A. previo emplazamiento de las partes por término de quince días, para que pudieran comparecer y formular alegaciones ante dicho Tribunal. Una vez recibido testimonio del recurso y del expediente administrativo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Almería, se registró, se formaron los correspondientes autos y se tuvo por personadas a ambas partes, tras lo cual pasaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Puya Jiménez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. Dos de Almería se siguió el...

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