STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Noviembre de 2000

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2000:14568
Número de Recurso2720/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO N° 2.720/97 SENTENCIA N° 1088 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

Don José Félix Méndez Canseco Magistrados Doña Francisca María Rosas Carrión Doña Elvira Adoración Rodríguez Martí

Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

En la Villa de Madrid a treinta de Noviembre del año dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso- administrativo número 2.720 de 1.997, interpuesto por Juan Alberto y Ángeles representados por la Procuradora Doña María Luisa Martínez Parra contra el Decreto de fecha 25 de Marzo de 1.997 del Excelentísimo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid por el que se estimaba en parte el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 4 de Noviembre de 1.996 del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Ciudad Lineal del Ayuntamiento de Madrid, anulando el segundo pronunciamiento del mismo consistente en la orden de demolición de un habitáculo en la terraza de la vivienda sita en la CALLE000 n° NUM000 Chalet NUM001 , sustituyéndolo por la imposición de una sola multa por importe de 698.000 pesetas, que confisca la totalidad del beneficio económico obtenido. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por la Procuradora Doña Cayetana de Zulueta Luchsinger.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 9 de Septiembre de 1.999, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la cual se estimara el recurso y se declarara la nulidad de la resolución de fecha 25 de Marzo de 1.997.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la Procuradora Doña Cayetana de Zulueta

Luchsinger para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado 10 de Diciembre de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Por auto de 6 de Marzo de 2.000 se acordó no haber lugar a recibir el recurso a prueba.

CUARTO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo, el día 28 de Noviembre de 2.000 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone la representación de Juan Alberto y Ángeles interpone recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de fecha 25 de Marzo de 1.997 del Excelentísimo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid por el que se estimaba en parte el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 4 de Noviembre de 1.996 del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Ciudad Lineal del Ayuntamiento de Madrid, anulando el segundo pronunciamiento del mismo consistente en la orden de demolición de un habitáculo en la terraza de la vivienda sita en la CALLE000 n° NUM000 Chalet NUM001 , sustituyéndolo por la imposición de una sola multa por importe de 698.000 pesetas, que confisca la totalidad del beneficio económico obtenido.

SEGUNDO

El Decreto impugnado anula parcialmente el Decreto del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Ciudad Lineal del Ayuntamiento de Madrid , en la medida en que este acordaba la demolición de un habitáculo en la terraza de la vivienda sita en la...

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