STSJ Comunidad Valenciana , 17 de Julio de 2003
Ponente | MARIA ALICIA MILLAN HERRANDIZ |
ECLI | ES:TSJCV:2003:6177 |
Número de Recurso | 679/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Julio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso número: 679/01 Plan de Refuerzo.
SENTENCIA N° 1094/03 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Iltmos. Sres.
Presidente D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO Magistradas Dª Mª DESAMPARADOS CARLES VENTO Dª Mª ALICIA MILLÁN HERRANDIS En Valencia, a diecisiete de julio de dos mil tres.
Visto por la Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 679/01, promovido por la Procuradora Dª Natividad Saiz Aparicio, en nombre y representación de Dª Teresa , contra la desestimación presunta de la solicitud de revisión del precio pagado y subsidiaria liquidación de intereses dimanantes del expediente de expropiación forzosa "Proyecto de Línea de Valencia-Tarragona. Línea de Alimentación a la Subestación Eléctrica de Tracción de Almenara".
Habiendo sido parte en autos la Administración del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señala la votación para el día 16-7-03, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. Mª ALICIA MILLÁN HERRANDIS.
El objeto del presente recurso contencioso administrativo viene constituido por la desestimación por silencio administrativo de la petición efectuada por la recurrente el 19-7-00, como afectada en la expropiación por el Proyecto de la Línea Valencia-Tarragona, línea de alimentación a la subestación eléctrica de tracción de Almenara; para que al amparo del art. 58 de la Ley de 16-12-54, de Expropiación Forzosa , y al haber transcurrido más de dos años desde la ocupación de la finca y el pago de su precio la Administración actuante revisara el precio pagado.
Subsidiariamente a lo anterior y en base al art. 57 en relación con el 48 de la Ley mencionada anteriormente , solicitó la liquidación de intereses correspondientes.
Son hechos relevantes de los que se deben...
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