STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Julio de 2002
Ponente | JOSE DE BELLMONT Y MORA |
ECLI | ES:TSJCV:2002:8187 |
Número de Recurso | 3311/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TSJCV Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "3311-98"
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a 20 de julio del año dos mil dos. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos Srs. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente, D. JOSE BELLMONT MORA y D. FERNANDO NIETO MARTIN, Magistrados, han pronunciado la siguiente:
SENTENCIA NUM: 1338/02 En el recurso contencioso administrativo num 3311-98, interpuesto por D. Jose Pablo , y dirigido por el Letrado Dª MARIA GONZALEZ PENEDO, contra resolución del Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio del Ayuntamiento de Alicante de 7-9-1998.
Habiendo sido parte demandada en autos la citada Corporación Local, representada por el procurador Dª. CELIA SIN SANCHEZ y asistida por el Letrado D. FERNANDO ROMAN PASTOR, y Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a las partes demandantes para que formalizaran la demanda, lo que verificaron mediante escritos en que suplicaron se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a éstas para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 16 de julio de dos mil dos. QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Constituye el objeto de este proceso, el examen de la legalidad respecto de la Resolución adoptada por el Concejal Delegado de Construcción y Patrimonio del Ayuntamiento de Alicante en fecha 7 de septiembre de 1998, por la que se adjudica el contrato relativo a la DIRECCION000 Facultativa de las Obras de Construcción del Centro Municipal de las Artes a D. Mauricio .
Por la parte recurrente se solicita la anulación del acto administrativo impugnado, y solicita se retrotraigan las actuaciones al momento de valoración de las condiciones de los concursantes o alternativamente el derecho a la indemnización de daños y perjuicios, esgrimiéndose en apoyo de su pretensión, esencialmente la falta de motivación del informe propuesta previo a la adjudicación del concurso y las mejores condiciones del Sr. Jose Pablo .
Respecto del primer...
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