STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Febrero de 2003

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2003:1407
Número de Recurso1767/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Núm. 1.767/00 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA Núm. 194/03 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a veintiuno de febrero de dos mil tres.

Visto el recurso interpuesto por D. Luis Francisco , representado por el Procurador Sr. Roldán García y defendido por el Letrado Sr. Martínez Sendra, contra la Resolución del alcalde de Catarroja de 17 de mayo de 1.999, sobre licencia de parcelación y contra la desestimación, por silencio, del recurso de reposición interpuesto contra la misma el 11 de junio de 1.999, habiendo sido parte demandada el ayuntamiento de Catarroja, representado y defendido por el Letrado Sr. Lorente Tallada y Dª Sara , representada por la Procuradora Sra. Juan Muñoz y defendida por el Letrado Sr. Díaz del Rey. Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados y reconociendo su derecho a parcelar, con la indemnización por daños y perjuicios que se determine en ejecución de sentencia.

SEGUNDO

El ayuntamiento contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

La codemandada solicitó la estimación de la demanda y, alternativamente, la declaración de litigiosa del resto de la finca matriz después de la segregación por corresponder a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de cuestiones civiles.

TERCERO

Se recibió el proceso a prueba, practicándose la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 64 de la Ley Reguladora, cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 20 de febrero de 2.003, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual se denegó la licencia de parcelación solicitada sobre la parcela segregada de la finca N°

NUM000 por no quedar físicamente suelo en la parcela objeto de segregación.

La parte recurrente alega en defensa de su pretensión que sí le quedan 1.183'08 m2 de la parcela originaria de 119.332 m2 de la que se han realizado numerosas segregaciones.

El ayuntamiento opone a ello la conformidad a derecho de los actos recurridos por los propios fundamentos de los mismos.

La...

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