STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Enero de 2003
Ponente | AMALIA BASANTA RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJCV:2003:653 |
Número de Recurso | 270/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ROLLO de APELACION nº 270/2002 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 1 de Elche Recurso Contencioso-Administrativo n° 372/01 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA Nº 80/2003 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En Valencia a veintinueve de enero de dos mil tres.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 270/2002, interpuesto contra Sentencia dictada, con fecha 2-4-02, por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Elche en el recurso contencioso- administrativo número 372/01.
Han sido partes en el recurso: a) Como apelante Doña Eugenia y Doña Silvia representadas por la procuradora Doña Carmen Rueda Armengod y asistidas por el Letrado D. Julián Castaño Pérez; y b) Como apelada el Ayuntamiento de Catral, representado por la Procuradora Doña Margarita Sanchís Mendoza y asistido por el Letrado D. Benedicto López Garre.
Ha sido Ponente la Magistrada Doña Amalia Basanta Rodríguez.
Con fecha 2-4-02 el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 1 de Elche dictó
Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 372/01 cuya parte dispositiva, literalmente transcrita, dice: "
FALLO
1) Se declara la inadmisibilidad del recurso interpuesto por Doña Eugenia y Doña Silvia , contra la resolución del Ayuntamiento de Catral de fecha 16 de Octubre de 2001, en expediente sancionador en materia urbanística. ") No ha lugar a hacer imposición de costas".
La parte actora presentó, con fecha 13-5-02, escrito por el que interponía recurso de apelación contra la citada sentencia y en el que, tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitaba la estimación del recurso de apelación, dejando sin efecto la Sentencia apelada y declarando la admisibilidad del recurso se estime la demanda en su día entablada.
Con fecha 14-5-02 el Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a las demás partes comparecidas para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposición, habiéndolo hecho la...
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