STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Febrero de 2003

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2003:1092
Número de Recurso1231/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a once de febrero de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE DE BELLMONT I MORA, Presidente, D. FERNANDO NIETO MARTIN, y Dª AMPARO PEREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 188/03 En el recurso contencioso-administrativo n° 1231/99, interpuesto por la mercantil ESTRUCTURAS LEVANTINAS Y OBRAS, SA., representada y dirigida por el Letrado D. José Francisco Domenech García, contra la resolución de la Consellería de Ocupación, Industria y Comercio DE LA GENERALITAT VALENCIANA, de fecha 15.2.1999.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION DE LA GENERALITAT VALENCIANA, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos Don Ignacio Castells Muñoz; siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª AMPARO PEREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presentes recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que se acuerde la nulidad de la resolución recurrida por no ajustarse a derecho y se concede a la Administración demandada a las costas del procedimiento

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que, con desestimación del recurso interpuesto, se declare expresamente ajustada a derecho la resolución administrativa impugnada, absolviendo, como consecuencia de ello, a la Generalidad Valenciana de la presente demanda.

TERCERO

No habiéndose solicitado por ninguna de las partes el recibimiento a prueba, ni tampoco vista o conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando pendiente de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 4 de febrero de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la resolución de fecha 15.2.1999, dictada por la Consellería de Ocupación, Industria y Comercio de la GV., que resolvió desestimar el recurso extraordinario de revisión formulado contra la resolución de 21.10.1997, del Conseller de Empleo, Industria y Comercio, recaída en expediente T-5 y 6/97, por la que se le desestimó el recurso ordinario interpuesto frente a la resolución de la Dirección General de Trabajo de 8.11.1996, recaída en el expediente n° 400/96, por la que se impuso, solidariamente, a las empresas ESTRUCTURAS LEVANTINAS Y OBRAS, SA., y MAS DE LA MONTAÑETA, SA. una multa de 5.000.001 pesetas, por considerarlas responsables de la comisión de una infracción administrativa tipificada como muy grave en el art. 48.8 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre prevención de riesgos laborales.

SEGUNDO

La parte actora planteó recurso extraordinario de revisión, con fundamento en el supuesto primero del artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(en adelante Ley 30/1992), contra la resolución de...

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