STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Septiembre de 2002

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2002:8986
Número de Recurso1083/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

5 recurso nº 1083/2001 Recurso contra Sentencia núm. 1083/2001 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilma. Srª. Dª Maria Montes cebrian Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martínez Camarasa En Valencia, a veinticuatro de septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 5051/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 1083/2001, interpuesto contra la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Alicante, en los autos núm. 210/2000, seguidos sobre reconocimiento derechos, a instancia de Clara , contra CONSELLERIA DE SANIDAD Y Laura , y en los que es recurrente el demandante, siendo impugnado por las partes demandadas, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 27 de Noviembre de 2000 , dice en su parte dispositiva:

FALLO

Que desestimando la demanda planteada por Dª Clara , debo absolver y absuelvo de la misma a la Conselleria de Sanidad y a Dª Laura .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

""PRIMERO.- Dª Clara , con D.N.I. NUM000 , ha prestado servicios para la Conselleria de Sanidad, con la categoría profesional de ATS/DUE con un salario mensual de 392.000.-pts. y a virtud de diversos contratos temporales como personal estatutario, siendo el último de ellos el celebrado el 1-6-99 por acumulación de tareas, para prestar servicio en el Hospital de Villajoyosa, habiendo cesado el 30-11-99. (expte.

administrativo). SEGUNDO.- La actora fue contratada el 17-1-00 para prestar servicio en el Hispital de San Juan, con jornada reducida de un tercio por reducción, en igual proporción, de la de la titular de la plaza Dª

Concepción , con un salario mensual bruto de 102.000.- pts (exp. Administrativo y doc 7 actora).

TERCERO

el 21-3-00 la actora formuló reclamación previa, en la cual impugnó la contratación de un tercero a tiempo completo para plaza vacante de su categoría profesional, siendo desestimada por resolución 10-50-00 (exp. Administrativo). CUARTO.- La actora se encuentra inscrita en la Bolsa de Trabajo del S.V.S., turno libre, en las Areas de Salud nº 15 y 16, correspondientes a los Hospitales de Villajoyosa y San Juan (ex. Administrativo). QUINTO.- A la finalización del contrato de 1-6-99 a 30-11-99 el Hospital de

Villajoyosa haber ofertado a la actora la cobertura de la misma plaza por continuidad desde el 1- 12-99. La demandante, pese a que inicialmente aceptó tal oferta de trabajo, renunció con posterioridad antes de comenzar a prestar el servicio, lo que el Hospital de Villajoyosa puso en conocimiento de la Bolsa de Trabajo el 1-12-99. (exp. Administrativo).

SEXTO

El Hospital de Villajoyosa solicitó, a la Bolsa de Trabajo, el 2-12-99, a un enfermero para cubrir vacaciones del 7-12-99 al 5-1-00, enviándose a la actora un telegrama a C/ DIRECCION000 , NUM001 de Alcalalí en la misma fecha para que firmara con carácter urgente el correspondiente contrato, con la advertencia de que, en caso contrario, se aplicaría el punto 8.6 de los Acuerdos. Dicho telegrama no fue entregado por estar la destinataria ausente sin haber recogido el aviso. La actora no se presentó a cubrir la plaza el 7-12-99, lo que el Hospital de Villajoyosa comunicó a la B.T., a petición de ésta, reiterando la solicitud de nombramiento de un enfermero (exp. Administrativo).

SEPTIMO

La actora fue situada al final de la Bolsa de Trabajo por rechazar tal oferta de trabajo (exp.

Administrativo)...

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