STSJ Comunidad Valenciana , 10 de Diciembre de 2001

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2001:10330
Número de Recurso28/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación número 28/2.001 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón Recurso Contencioso-Administrativo número 129/2.000 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1364/2.001 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a diez de diciembre de dos mil uno. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 28 de 2.001, interpuesto contra la Sentencia número 268/2.000 dictada, con fecha 30 de octubre de 2.000, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón en el recurso contencioso-administrativo número 129/2.000.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelante Doña Paula ; y b) Como apelada la Administración de la Generalidad Valenciana; y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal, quien expresa el parecer de la Sección.

Antecedentes de hecho

Primero

Con fecha 30 de octubre de 2.000 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón dictó la Sentencia número 268 de 2.000 en el recurso contencioso- administrativo número 129 de 2.000 cuyo fallo, literalmente transcrito, dice: "Fallo. Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por Doña Paula contra Resolución del Conseller de Justicia y Administraciones Públicas de fecha 3-3-2.000 por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la dictada por el Director General de la Función Pública en fecha 19-10-99, por ser ajustada a derecho; sin expresa imposición de costas".

Segundo

La parte demandante presentó, con fecha 24 de noviembre de 2.000, escrito por el que interponía recurso de apelación contra la citada sentencia y en el que, tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitaba que se estimase el recurso de apelación y se revocase la sentencia recurrida y entrando en el fondo del asunto se acordase la no conformidad a Derecho de los actos impugnados y se reconociese su derecho objetivo y acreditado a la categoría profesional de cocinera, a que se proceda a nueva clasificación D-12-EO15 y al abono de las diferencias retributivas con efectos desde 1 de octubre de 1.999.

Tercero

Con fecha 27 de noviembre de 2.000 el Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a la parte demandada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición, habiéndolo hecho por escrito presentado en fecha 7 de diciembre de 2.000 en el que, tras efectuar las alegaciones que estimó pertinentes, suplicaba que se dictase sentencia desestimando el recurso de apelación, condenando en costas a la apelante.

Cuarto

Con fecha 12 de diciembre de 2.000 el Juzgado acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el...

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