STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Octubre de 2002

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2002:10439
Número de Recurso704/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número 704/1999 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1332/2002 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a treinta de octubre de dos mil dos. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 704 de 1.999, interpuesto por Don Juan Francisco , Doña Daniela , Don Bartolomé , Don Diego , Don Gregorio , Doña Marina , Don Lucio y Don Rodrigo , quienes actúan en su propio nombre y representación, contra Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alicante de fecha 21 de enero de 1999 por el que se aprobaba definitivamente la Plantilla de Plazas y Relación de Puestos de Trabajo de dicho Ayuntamiento; habiendo sido parte, como demandada, el Ayuntamiento de Alicante, representado por la Procuradora Doña Purificación Higuera Luján y defendido por la Letrado Doña Macarena Asensio Rosser.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho

Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a los actores para que formalizaran la demanda, lo que verificaron mediante escrito en el que terminaban suplicando que se dictase Sentencia por la que:

  1. Se anulase el Acuerdo impugnado exclusivamente en cuanto a la clasificación de los puestos de trabajo de Técnico Auxiliar de Imagen, Delineación y Topografía, anulando la exigencia del requisito de estar en posesión del carnet de conducir B, así como los complementos de nivel de destino asignado y específico, por resultar contrario a derecho.

  2. Condenar a la administración demandada a estar y pasar por tal resolución judicial y a efectuar una nueva valoración de tales puestos de trabajo a efectos de asignación de los complementos de nivel de destino y específico con atención a los criterios establecidos legalmente y las funciones y contenido concretos de éstos, valoración que deberá realizarse con efectos económicos retroactivos al 2 de febrero de 1999.

  3. Reconocer en cualquier caso, su derecho a que en esta nueva valoración, experimenten un aumento del complemento específico por el factor de peligrosidad por tareas de conducción de vehículos ligeros, cuando sea necesaria la conducción del vehículo municipal durante un mínimo de diez jornadas de trabajo mensuales (para el caso de que no sea estimada la pretensión de supresión del requisito de estar en posesión del carnet de conducir B), condenando al Excmo. Ayuntamiento de Alicante a estar y pasar por tales pronunciamientos y adoptar las medidas para llevar a puro efecto los mismos.

Segundo

El Ayuntamiento de Alicante contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase sentencia por la que se desestimase el recurso.

Tercero

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a éstas para que formulasen conclusiones escritas, quedando los autos, una vez evacuado dicho trámite, pendientes de señalamiento para votación y fallo.

Cuarto

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 8 de octubre de 2002, en el que ha tenido lugar.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos de Derecho

Primero

En el escrito de conclusiones escritas los actores, desistiendo de la pretensión deducida en la demanda respecto de la anulación del Acuerdo objeto del recurso en lo referente a la exigencia del requisito de estar en posesión del carnet de conducir B, ciñen la impugnación de éste a los apartados referentes a la cuantía de los complementos de destino y específico asignados a los puestos de trabajo de Técnico Auxiliar de Imagen, Delineación y Topografía. Y a...

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