STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Noviembre de 2002
Ponente | ROSARIO VIDAL MAS |
ECLI | ES:TSJCV:2002:11047 |
Número de Recurso | 116/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO 116/99 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA NUM. 1847/02 Ilustrísimos Señores Presidente Don JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA Magistrados Don MIGUEL ÁNGEL OLARTE MADERO Doña ROSARIO VIDAL MAS En la ciudad de Valencia, a 14 de noviembre de 2002.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 116/99, interpuesto por el Procurador DOÑA ELENA GIL BAYO, en nombre y representación de COOPERATIVA INDUSTRIAL DE TRANSPORTES SAN BLAS, contra la resolución de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de 2.12.98 en expediente administrativo CS-56061-O , habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, representada por el Abogado de la Generalidad Valenciana, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el articulo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 13.11.02.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTACION JURIDICA
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra las citadas resoluciones por las que se impone sanción por realizar transporte público de cerámica con exceso de peso del 7.38%. Se basa la demanda en que comparecidos en el expediente se solicitaron pruebas que no fueron objeto de pronunciamiento alguno, dando lugar directamente a la resolución sancionadora, por lo que se ha vulnerado su derecho a la defensa y a la presunción de inocencia, se han vulnerado asimismo los preceptos del...
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