STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Julio de 2002

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2002:7325
Número de Recurso1411/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº 1411/01 Recurso contra Sentencia núm. 1411 de 2.001 Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Presidente Ilmo.Sr.D.Jesús Sánchez Andrada. Ilma. Sra. Dª Ana Vega Pons Fuster Olivera.

En Valencia, a dos de Julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4.107 de 2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 1411/01, interpuesto contra la sentencia de fecha 11 de Enero de 2.001, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de Elche, en los autos núm. 598/00, seguidos sobre grado minusvalía, a instancia de D. Juan Ramón , asistido del Letrado D. José Maria García Varón, contra la CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 11 de Enero de 2.001, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la excepción de falta de jurisdicción, debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Juan Ramón contra la Conselleria de Bienestar Social, a la que se absuelve de la totalidad de los pedimentos contenidos en la demanda.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"Primero.- Que el actor Juan Ramón con D.N.I. nº NUM000 . Solicitó que se le reconociera por la Conselleria de Bienestar Social la condición de minusválido. Segundo.- Que con fecha 6-4-00 se emitió dictamen técnico facultativo, por el equipo de valoración y orientación del centro base de Alicante, considerando que el actor presentaba un grado total de minusvalía del 10%. Tercero.- Que se ha formulado la reclamación administrativa previa.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido debidamente impugnado de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Se recurre por la representación letrada de la parte actora la sentencia de instancia que, acogiendo la excepción de incompetencia de jurisdicción, se abstuvo de conocer la cuestión planteada en la demanda. Cuestión que no era otra que la de determinar el grado de minusvalía del demandante...

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