STSJ Comunidad Valenciana , 28 de Febrero de 2003

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2003:1642
Número de Recurso1236/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Núm. 1.236/99 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA Núm. 231/03 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a veintiocho de febrero de dos mil tres.

Visto el recurso interpuesto por Ingeniería Iniciativas Sagunto, SL., representada por la Procuradora Sra. Jiménez Tirado y defendida por el Letrado Sr. Vicente Añó, contra el Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Almenara de 11 de mayo de 1.999, desestimatorio de la propuesta presentada para la ordenación del Sector SAPUI-Polígono I-A-2 BIS, habiendo sido parte demandada el ayuntamiento de Almenara, representado y defendido por el Letrado Sr. Palencia Domínguez.

Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados y, reconociendo la situación jurídica individualizada de la parte actora, se declare su derecho a ser indemnizada por los daños y perjuicios ocasionados.

SEGUNDO

El ayuntamiento contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.

TERCERO

No se recibió el proceso a prueba y quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 27 de febrero de 2.003, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual el Ayuntamiento de Almenara desestimó la propuesta presentada por Ingeniería Iniciativas Sagunto, SL. para la ordenación del Sector SAPUI-Polígono I-A-2 BIS. La parte recurrente alega en defensa de su pretensión que el ayuntamiento incurrió en desviación de poder, por lo que debe indemnizarle por los gastos ocasionados.

El ayuntamiento opone a ello la conformidad a derecho de los actos recurridos por los propios fundamentos de los mismos.

SEGUNDO

Los argumentos de la demanda se basan en la pretendida actuación de la administración local demandada constitutiva de desviación de poder.

Como tiene reiteradamente declarado el Tribunal Supremo (Sentencia de 9 de marzo de 1.991, por todas), la desviación de poder, a la que se refieren los arts. 106.1 de la Constitución, 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 83.3 de la Ley...

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