STSJ Comunidad Valenciana , 25 de Febrero de 2003

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2003:1506
Número de Recurso1375/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a veinticinco de Febrero de 2003 La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente; Dª

ROSARIO VIDAL MAS, y D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER, Magistrados han pronunciado la siguiente SENTENCIA 295/03 En el recurso contencioso Administrativo n° 1375/1999 interpuesto por Dª. Mónica , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Pilar Ibañez Martí, contra la resolución del Ayuntamiento de Alzira, de fecha 16-9-99, por la que se desestimaba la reclamación por responsabilidad patrimonial de daños y perjuicios, con motivo de las lesiones sufridas por la demandante, en caída ocurrida el día 16 de Noviembre de 1996, a las 10'30 horas, en la Avenida de los Santos Patronos, de Alzira.

Siendo parte demandada, el Ayuntamiento de Alzira, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª María Esther Bonet Peiró.

Y Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO MARQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los trámites legales, se emplazó al demandante para que formulase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitaba se declarase la nulidad de la resolución recurrida, y se le reconociese el derecho a la obtención a cargo del Ayuntamiento de Alcira, de la indemnización de 6.925.000 ptas por los perjuicios derivados de lesiones sufridas en caída ocurrida por el mal estado de la acera por donde deambulaba

SEGUNDO

Por la parte demandada, se contestó a la demanda mediante escrito donde solicitaba se declarase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

Abierto el periodo probatorio en este proceso, se practicó la prueba propuesta que fue admitida, con el resultado que consta en autos, dándose seguidamente traslado a las partes para conclusiones en cuyo tramite presentaron sus respectivos escritos, quedando los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo designándose a tal efecto el día 19 de Febrero de 2003.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son normas de derecho sustantivo en que se funda toda reclamación de responsabilidad patrimonial dirigida contra la Administración, el articulo 106 de nuestra Constitución en cuanto establece la responsabilidad de la Administración, de responder directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares por el funcionamiento de los servicios públicos.

También los artículos 139 a 146 de la Ley...

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