STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Septiembre de 2002
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO |
ECLI | ES:TSJCV:2002:9227 |
Número de Recurso | 3453/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a treinta de septiembre de dos mil dos. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSÉ MARÍA ZARAGOZA ORTEGA Presidente, D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, y Dª AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:
SENTENCIA NUM: 1543/02 En el recurso contencioso-administrativo n° 3453/98, interpuesto por la mercantil MOPATEX, SA., representada y dirigida por la Letrada Doña Isabel Iborra Alonso, contra la resolución de la DIRECCION GENERAL DE TRAFICO- MINISTERIO DEL INTERIOR, de fecha 8.10.1998.
Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y dirigida por el Abogado del Estado: siendo ponente la Magistrada DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO.
Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos en la Ley, se emplazo a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito, en que suplica se dicte sentencia declarando nula la sanción impuesta por los motivos expuestos en el escrito de demanda, con devolución de los importes pagados así como la condena en costas a la Administración demandada.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se declarase la conformidad a derecho de la resolución impugnada, absolviendo a la Administración del presente recurso.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba del proceso, se emplazo a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, y verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación y fallo el día 25 de septiembre de dos mil dos en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la resolución de fecha 8.10.1998, dictada por la Dirección General de Tráfico, desestimatoria del recurso ordinario formulado contra la resolución dictada en el expediente 03/004.333.724-5, de los tramitados por la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante, por la que se impuso a la recurrente una multa de 115.000 pesetas por infracción a lo prevenido en el artículo 198 h) del Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, aprobado por el RD. 1211/90, de 28 de septiembre, siendo los hechos imputados: "No hacer uso del botón selector de actividades comprobado en disco diagrama de fecha 081194. Disco diagrama marca Kienzle, número homologado C1 137", el día 8.11.1994, a las 16 horas, circulando por la P4122, en el punto kilométrico 5.1 con dirección a la N-330.
La parte actora alega en síntesis lo siguiente: En primer la prescripción de la sanción, por el transcurso del plazo de dos años a que se refiere el art. 203.1 del ROTT para las infracciones graves, habida cuenta que, el recurso ordinario se presentó el 9.2.1995 y la resolución que lo resuelve se dictó el 8.10.1998, invocando al respecto, la doctrina establecida en distintas sentencias de esta Sala y sección; en segundo lugar, niega los hechos por los que fue sancionado, afirmando que en el propio disco diagrama aportado a los autos puede observarse que el mismo...
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