STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Diciembre de 2001

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2001:10854
Número de Recurso353/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres:

Presidente:

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:

D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 1392/01 En la Ciudad de Valencia, a veinticuatro de Diciembre de dos mil uno.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso-Administrativo num. 353/98, promovido por D. Carlos Manuel , contra la Orden de 22/Diciembre/97, de la Dirección General del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos, sobre adjudicación del puesto de trabajo de Jefe de Sector de Valencia, en el que han sido partes, el actor, representado y defendido por el Letrado D. José M. García Layunta, y como demandado, el ORGANISMO AUTÓNOMO CORREOS Y TELÉGRAFOS, a través del Sr. Abogado del Estado, y codemandado D. Diego , en su propio nombre y derecho; ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho. En similares términos se contestes por parte del codemandado Sr. Diego .

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día veinte de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente tomó parte en la convocatoria (BOE de 20/8/97) de concurso específico para la provisión, entre otros, del puesto de Jefe de Sector de Valencia, del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos. Obtuvo 10 puntos en la fase de méritos generales, en tanto que el también concursante Sr. Diego obtuvo en esa fase 8,35 puntos.

Posteriormente, en la fase de méritos específicos obtiene 1,56 puntos frente a los 2,44 del otro aspirante, y no supera la prueba de entrevista (al obtener 1,38 puntos, requiriéndose un mínimo de 1,50), mientras que el concursante Sr. Diego obtiene 2,01 puntos en la entrevista, por lo que resulta adjudicatario de la plaza.

Cuestiona el recurrente la valoración negativa de la entrevista, entendiendo que no se han valorado en ella adecuadamente la memoria y los méritos específicos relativos a sus conocimientos profesionales acreditados con relación al puesto de trabajo, superiores a los de los restantes candidatos, y añade que la duración de la misma fue sustancialmente distinta entre el tiempo a él destinado y el dedicado a la persona que resultó finalmente adjudicataria de la plaza. Postula la retroacción de las actuaciones y el reconocimiento de su derecho a la superación de la entrevista y, previo cómputo de las puntuaciones obtenidas en las restantes fases, se declare su derecho a la adjudicación de la plaza solicitada.

SEGUNDO

Si atendemos a la propia orden de convocatoria, cabe constatar que las pruebas de selección se integran por dos fases (Base tercera)

- la primera, en la que se valoran los méritos generales enumerados en la base cuarta (grado personal, trabajo desarrollado, cursos de formación y perfeccionamiento y antigüedad); - y la segunda en la que se valoran los méritos específicos que para cada puesto se señalan en el Anexo I, incluyendo en este caso la valoración de una Memoria y la celebración de una entrevista.

Para el puesto de Jefe de Sector de Valencia, el Anexo I, contempla los siguientes Méritos específicos: "Amplios conocimientos y experiencia de los servicios postales y telegráficos. Amplios conocimientos de las unidades de producción de Correos y Telégrafos: Conocimientos de los productos postales y telegráficos. Capacidad de organización del...

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