STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Octubre de 2002
Ponente | ROSARIO VIDAL MAS |
ECLI | ES:TSJCV:2002:10195 |
Número de Recurso | 2205/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO 2205/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NÚM. 1705/02 Ilustrísimos Señores Presidente Don MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO Magistrados Don EDILBERTO NARBON LAINEZ Doña ROSARIO VIDAL MAS En la ciudad de Valencia, a 24 de octubre de 2002.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 2205/98, interpuesto por el Letrado DON JUAN RAFAEL VIDAL FERRI, en nombre y representación de DOÑA Estíbaliz , contra la resolución de la Dirección General de Tráfico de 5-5-98, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Jefatura Provincial de Trafico de Valencia en expediente 46/004-750494-9, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, representada por el Abogado del ESTADO, siendo Ponente la Ilma.
Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 23.10.02.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra las citadas resoluciones por las que se le impone sanción por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida, sobre la base de que, en primer lugar, de que se ha vulnerado su presunción de inocencia, así, cuando se le practica la prueba de impregnación alcohólica (29-6-97) es tres días después del día de la denuncia (26-6-97), tampoco se tuvo en cuenta el margen de error del aparato ni se dejó transcurrir el período que se establece legalmente. En segundo lugar, se ha vulnerado el principio de proporcionalidad.
La Administración demandada se opone por la adecuación a Derecho del expediente administrativo y resoluciones en él recaídas.
A la vista del expediente administrativo origen de las actuaciones se desprende que con fecha 26.6.97 se formula la denuncia por conducir con una tasa de...
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