STSJ Comunidad Valenciana , 18 de Septiembre de 2002

PonenteMARIA MONTES CEBRIAN
ECLIES:TSJCV:2002:8839
Número de Recurso881/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

2 Recurso c/sentencia núm. 881/2001 Recurso contra Sentencia núm. 881/2001 Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrian Presidente Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Pilar Blanco Pertegaz Ilma. Sra. Dª Mª Gracia Martínez Camarasa En Valencia, a dieciocho de Septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 5.006/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 881/01, interpuesto contra la sentencia de fecha veintiséis de Diciembre de dos mil, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dieciséis de los de Valencia, en los autos núm. 8.466/00, seguidos sobre RECONOCIMIENTO DERECHO, a instancia de Dª Montserrat , asistida por la Letrada Dª Concepción Dominguez García, contra CORREOS Y TELÉGRAFOS, y en los que es recurrente la parte demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrian.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha veintiséis de Diciembre de dos mil dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Estimando la demanda interpuesta por Dª Montserrat contra CORREOS Y TELEGRAFOS, declaro el derecho de la actora a estar incluida en las Listas de Espera de la demandada de las localidades de Almacera-Circular, Masamagrell, Moncada y Paterna con la categoría de Auxiliar de clasificación y reparto en moto, sin perjuicio, obviamente, de la eliminación de tales listas que pueda hacerse cuando haya sido excluída por Acuerdos de la Comisión Provincial de contratación".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La actora, Dª Montserrat , que figuraba en las bolsas de trabajo o listas de espera de CORREOS Y TELÉGRAFOS de las localidades de Almacera-Circular, Masamagrell, Moncada y Paterna por la categoría de Auxiliar de clasificación y Reparto en Moto, prestó servicios para la demandada CORREOS Y TELEGRAFOS realizando sustituciones, en virtud de los correspondientes contratos temporales, durante 53 días (uno en marzo 96, 25 entre noviembre y diciembre 98 y 27 días en julio 99). SEGUNDO.- En los contratos se contempló un periodo de prueba de DOS MESES. El último de ellos, para sustitución en La Cañada estaba previsto para los días 16 a 30 de julio del 99, pero la actora fue cesada al término de la jornada del día 27 por considerar la demandada no satisfactorio el desempeño de las tareas y encontrarse la relación en el periodo de prueba y la actora, que firmó la rescisión por tal causa, no impugnó el cese.-

TERCERO

Sin acuerdo de exclusión de la Comisión Provincial de contratación, la actora no aparece en las Listas publicadas en marzo-00 y que la demandada...

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