STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Julio de 2002

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2002:8418
Número de Recurso1101/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Recurso nº 1101/01 Recurso contra Sentencia núm. 1101/01 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas En Valencia, a veintinueve de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4802/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 1101/01, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de diciembre de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 14 de Valencia, en los autos núm. 654/00, seguidos sobre reconocimiento de derecho y cantidad, a instancia de D. Lucio asistido por el letrado D. Guillermo Llago Navarro, contra la CONSELLERÍA DE SANIDAD DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 13 de diciembre de 2000, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda formulada por Lucio contra CONSELLERÍA DE SANIDAD DE LA GENERALITAT VALENCIANA, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones dirigidas en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante Lucio , mayor de edad, con DNI nº NUM000 , viene prestando servicios para la GENERALITAT VALENCIANA, CONSELLERÍA DE SANIDAD, como facultativo interino, especialista en estomatología, en el Equipo de Atención Primaria de Carlet, ocupando puesto de trabajo de odontopediatría desde el 24-6-1991. SEGUNDO.- En las nóminas de enero a agosto de 1995 el demandante percibía una retribución de 359.744 pesetas, de las que 146.322 pesetas correspondían al complemento específico.

Desde septiembre de 1995 hasta abril de 1996 el demandante percibió el complemento específico con un incremento, percibiendo hasta el 31-12-95 la cantidad de 179.322 pesetas mensuales por este concepto y 198.599 pesetas mensuales del 1 de enero al 31 de marzo de 1996, correspondiente a la categoría de médico adjunto especialista de área.

TERCERO

A partir de la nómina de abril de 1996 se modificó la nómina del demandante abonándole el complemento específico previsto para la categoría de odontólogo, total de 372.337 pesetas mensuales en el año 1996. Por el concepto de complemento específico el demandante ha cobrado las siguientes cantidades:

1996, a partir de la nómina de abril, 151.444 pesetas mensuales, 1997, 151.444 pesetas mensuales, 1998, 124.507 pesetas mensuales, 1999, 126.748 pesetas mensuales, 2000, 129.283 pesetas mensuales.

CUARTO

El demandante formuló reclamación previa en vía administrativa."...

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