STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Julio de 2002

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJCV:2002:7898
Número de Recurso145/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 Recurso contra sentencia 145/2.001 Recurso contra Sentencia núm. 145/2.001 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma.Srª Dª. Maria Montes Cebrian Ilma.Srª Dª Mª Gracia Martinez Camarasa En Valencia, a doce de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4.430/2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 145/2.001, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de octubre de 2.000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Ocho de Valencia y su provincia, en los autos núm.

486/2.000, seguidos sobre reconocimiento de derecho , a instancia de Dº Lucas y otros, asistidos por D. Jesus Sanchez Cabrera, contra la CONSELLERIA DE SANIDAD Y CONSUMO, y CONSELLERIA DE JUSTICIA, y en los que es recurrente la Conselleria de Sanidad, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma.Srª.Dª Mª Gracia Martinez Camarasa

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de octubre de 2.000, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando las demandas deducidas por Lucas Y Iván contra las CONSEJERIAS DE SANIDAD Y DE JUSTICIA y ADMINISTRACIONES PUBLICAS de la Generalidad Valenciana, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a cada uno de los actores, la cantidad que respectivamente se indica a continuación de cada uno de sus nombres. A Lucas 974.984 PTAS, A Iván 392.592 ptas ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Los actores vienen prestando sus servicios por cuenta y dependencia de la Generalidad Valenciana, en la Unidad de laboratorio de Salud de la Consejeria de Sanidad con la antigüedad, categoria profeisonal y salario mensual que a continuacion de sus nombres se reseña: a Lucas 1 de diciembre de 1.992, Tecnico medio de laboratorio y 307.362 ptas. A Iván 1 de diciembre de 1.988, mozo de laboratorio y 153.003 ptas. SEGUNDO.- El salario base de los actores en las distintas anualidades fue el siguiente:

Iván 71.802´-PTAS

73.310´-PTAS 74.630´-PTAS 76.123´-PTAS TERCERO.- Los demandantes, que prestan sus servicios en la Unidad de laboratorio realizan, entre otras, las siguientes funciones :"Análisis quimicos de aguas potables, aguas de mar y residuales, para lo que se sirven de r eactivos y sustancias de acción corrosiva y tóxica. Igualmente se analizan alimentos, microbiología humana, esterilización de muestras preparacion de los medios para el cultivo e introducción de las muestras contaminadas en el autoclave. Se realizan tomas de muestras humanas. Los locales de trabajo de los actores no disponen de sistemas de ventilación forzada, ni de detección de vapores, ni duchas de emergencia para quemaduras. CUARTO:- Por resolucion de la Dirección Territorial de Trabajo dependiente de la Generalidad Valenciana de 2 de abril de 1.991, se reconoció la peligrosidad y toxicidad de los trabajos desempañados en la Unidad de laboratorio de Salud Publica. QUINTO.- Por sentencia del juzgado de lo Social nº Siete de los de Valencia y su provincia n´çumero 587/93 de 4 de diciembre, confirmada por otra de la Sala de lo Social del TSJ de la Comunidad Valenciana de 27 de febrero de 1.996, se reconoció a los actores el plus ahora reclamado por el periodo devengado hasta el mes de octubre de 1.993. SEXTO.- Por sentencia del Juzgado de lo Social nº cinco de los de Valencia y su provincia nº 403/97 de 4 de septiembre, se reconocio a los actores el plus ahora reclamado por el periodo comprendido entre el mes de noviembre de 1.993 y junio de 1997. Dicha sentencia, que no fue recurrida, es firma. SEPTIMO.- Los actores reclaman en el presente pleito las cantidades que ac ontinuación se indican por dos complementos espedificos "E" de peligrosidad y toxicidad, cuya cuantificación conreta no fue objeto de contorversia.

Iván 71.802 ptas 73.310 ptas 74.630 ptas 76.123 ptas OCTAVO.- El dia 14 de...

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